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Despido disciplinario

18 Comentarios
 
26/06/2015 22:38
Ni el ejemplo ni la muestra son demostrativos de nada porque el estilo liberal yanki no es el que están aplicando esta calaña de empresarios españoles , están aplicando el estilo español.
26/06/2015 02:02
Casualmente para muestra de lo que digo lean la consulta de buenavista titulado aumento de jornada y reducción salarial ( todo en el mismo paquete)
26/06/2015 01:50
Se que usted y yo no nos pondremos de acuerdo pero para demostrar que el estilo liberal yanki con la calaña de empresarios de este país no funciona solo un ej hace poco un mileurista se consideraba mal pagado hoy en día con tanta facilidad para despedir el que llega a los 900€ es un privilegiado.
Luego están los minijobs alemanes tener varios trabajos de 2, 3 o 4 h para tener un sueldo digno los empresarios españoles lo han perfeccionado obligan a trabajar 12 h dejando esas 4 extras a fondo perdido para la empresa y encima te fijan los salarios a la altura del SMI, por cierto si somos europeos pq tenemos un SMI?que es la mitad de lo que es en los países de la UE?
26/06/2015 01:42
Pues siento informarte Hyogga33 que, aunque el Derecho no es blanco o negro, si el empresario no posee algún tipo de documento que establezca los objetivos o productividad a obtener por los trabajadores en cada uno de sus puestos individualmente, probablemente el juez determine despido improcedente, y por ahorrarse la indemnización, la empresa opte por la readmisión.
Además, el bajo rendimiento debe ser continuado, y sin sanciones previas de menor calibre, parece que no tiene ese carácter.

Respecto a la polémica paralela de si reducción de indemnización aumentaría o reduciría los salarios... Lo desconozco, probablemente se mantendrían... Si bien, una reducción sería fuente de trabajo. En Reino Unido el despido improcedente requiere un mínimo de permanencia en la empresa para que se genere indemnización, y ésta es de 7 días por año... Y nadie pone en duda que generan trabajo.
El sistema austríaco también es interesante, y se estuvo barajando su implantación.
25/06/2015 19:48
Del debate nace el conocimiento ,estimado jamgpreve , da usted por ciertos argumentos discutibles algunos e inciertos otros:

1) La empresa puede despedir por medio de un disciplinario ( según nos cuenta Hyoga , fraudulento ) con intención de negociar en conciliación la indemnización que rebaje el montante total , en caso de no ser posible un acuerdo perfectamente puede tener intención de readmitir o incluso de llegar a juicio , todo dependerá de la liquidez de que disponga y del interés en presionar sobre la entereza de ánimo del trabajador , no todo el mundo es capaz de sobrellevar su propia readmisión con el ambiente laboral que se puede esperar.

2) El derecho laboral es proteccionista hacia la figura teóricamente débil , el trabajador y digo teóricamente porque en la práctica no siempre es así.
Probar los argumentos que justifican un despido disciplinario , aún siendo ciertos , no es tarea fácil , es decir , un trabajador incumplidor o incompetente es fácil que consiga no ser despedido o ser despedido con una indemnización que no le correspondería en justicia. La parte débil no es aquí el trabajador .Al revés también sucede y para muestra el testimonio de Hyoga ,luego el sistema es imperfecto y normalmente los perjudicados son los sujetos más honrados de ambas partes , de los trabajadores y de los empresarios.

3)Da usted por hecho que la ausencia de indemnizaciones reduciría los salarios , yo creo que ocurriría lo contrario . De entrada pudiera ocurrir que como le señalaba al consultante , la amortización de una eventual indemnización que algunas empresas imputan sobre el sueldo mensual del trabajador en forma de reducción , pasaría al salario del trabajador en forma de incremento ( aunque usted puedo sospechar que supondrá que al desaparecer esa amortización , la cantidad de la que tratamos , pasará directamente a la cuenta de beneficios de la empresa). De cualquier manera hay otras naciones que aplican el sistema por el que yo me decanto y los resultados no son malos .

3) Ningún sujeto nacional cuerdo contrataría a nadie con un año de indemnación por mes , ni por la mitad tampoco y ni por la cuarta parte. Con esas condiciones todos contratados , nadie es contratador .Acaba usted de dejar en el paro a todos los gestores de nóminas del país.
Ningún sujeto extranjero cuerdo crearía una sola empresa en nuestro amado país , todos a Marruecos , Portugal o Francia . Los ya establecidos , saldrían en estampida .Acaba de dejar en el paro a todos los trabajadores en España de Citroen , Coca-Cola , ING y L,oreal.

Finalmente , caraduras hay en todas partes , algunos en la patronal , algunos en un despacho de directivo ,algunos en un escaño , algunos en un sindicato y algunos otros en una cadena de fabricación.
25/06/2015 17:27
Pues si Evriks nos hemos colao o al menos yo, ya que pensaba que se había planteado reclamación contra el despido pero habla del acto de conciliación, llegada la fecha del mismo sabremos si hay acuerdo o no para ir a juico posterior.
Aunque me temo muy mucho que si la empresa despide con un disciplinario no tiene intención algún de readmitir hasta que no se lo diga un juez y si luego la empresa sabe que esta ya trabajando en otra empresa optará como ya dije por la readmisión para forzarle a dimitir.
Luego tras la polémica iniciada por legal-vamzan, decirle que el dcho laboral es un dcho tuitario que debe defender los intereses del mas débil, pues bien aquí yo estoy con el consultante ¿pq? se le da la facilidad al empresario a despedir con argumentos banales y en su mayoría indemostrables para ve si les sale gratis y i luego el juez da la razón al trabajador pueden elegir entre readmitir o indemnizar y al trabajador no se le concede ese mismo dcho, si es un dcho que protege al trabajador aquí solo se preocupa del empresario y luego esta lo que usted matiza de que los despidos no deberían tratarse días de indemnización, claro así tiraríamos mas los salarios, uno de estos partidos políticos neoliberales de nueva creación aboga por un despido con un día de indemnización por año, yo abogo por todo lo contrario un año de indemnización por mes trabajado así a ver quien es el estafador que se aprovecha de la coyuntura para despedir alegando que estamos en la puñetera crisis, para ellos estaremos toda la vida en crisis.
Ahora diréis que lo mío es demagogia y lo de estos impresentables de patronal que tenemos mucha cara dura.
SMO
25/06/2015 14:06
No. Ha sido despido disciplinario. Sin indemnización.
25/06/2015 12:53
Si no he entendido mal, hyoga33 plantea un acto de conciliación para que se declare el despido como improcedente... Por el momento no ha planteado demanda alguna.
Quiero entender que la empresa ha hecho un despido disciplinario, que para ellos es improcedente y han abonado lo que corresponda. Y el amigo hyoga33 acude al SMAC para que sea un 3º que declare la improcedencia, dado que el empresario no puede reconocerla, con el fin de estar exenta la indemnización por IRPF.

¿Es así?
25/06/2015 12:29
Legal-vanzam: chapeau!!! Es lo que siempre he pensado.
25/06/2015 12:09
Estamos confundiendo conceptos,la indemnización por improcedente es una cosa y los salarios de tramitación otra,si la empresa opta por la readmisión,tendrá que abonarte en todo caso los salarios desde el día que fuiste despedido hasta el día en que empezaste a trabajar o otro sitio,la indemnización,solo si opta por ratificar el despido.
Lo que has de hacer es estar calladito,esperar sentencia y entonces mover ficha,si opta por la readmisión,pónselo crudo,avisa que van a salir a denuncia diaria y vas a trabajar a reglamento,pocas empresas hay que no tengan trapos sucios.
La ley es la que es,y a ella hay que atenerse,en ese respecto,las reclamaciónes,al congreso de los diputados.
25/06/2015 11:58
EL trabajador viene a entender la indemnización como un derecho en forma de plan de pensiones que va generando a medida que permanece en la empresa y/o como un resarcimiento económico por la pérdida injusta de su puesto de trabajo .La empresa viene a entender la indemnización como una sanción económica por prescindir de un trabajador incompetente , competente pero devenido innecesario , o incomodo competente/necesario o no. Son dos interpretaciones tan dispares que no pueden convivir y así es como nacen los conflictos laborales , unos y otros se buscan las vueltas , se saturan los juzgados , se demoran las resoluciones de los asuntos y se padecen situaciones aberrantes como la aquí expuesta.

Hyoga confunde el derecho a una indemnización con el derecho del que verdaderamente es titular , reclamar ante quien corresponda su derecho a ser readmitido o indemnizado. La consecuencia es siniestra para él y para la sociedad en general ; un trabajador potencialmente activo se ve obligado a plantearse si acepta una oferta procedente de empresa potencialmente contratante .

El asunto de las indemnizaciones da mucho juego porque cada cual lo valora desde su propio punto de vista . Hay una manera de solucionar esta cuestión ; eliminar las indemnizaciones o las readmisiones y subir paralelamente los salarios. Que las partes sean libres de iniciar y extinguir la relación cuando consideren en igualdad de condiciones . En caso de Hyoga , hubiera debido ser lo suficientemente bien remunerado a lo largo de su contrato (puesto que su empresa no hubiera amortizado a costa de su salario mensual una futura indemnización )y además hoy podría aceptar la nueva oferta laboral .
25/06/2015 08:06
"El hombre absurdo es el que no cambia nunca". He ahí otra cita curiosa. El continuismo, la aceptación de las reglas aún cuando no sean justas es lo que nos lleva a estar como estamos.
Si una empresa me despide tendría que asumir el pago de una indemnización que, por ley, me correspondería. No se le debería dar la posibilidad de retractarse y donde dijo digo diga Diego. Si hace dos meses yo no era un trabajador válido no puedo serlo ahora. Y que asuman las consecuencias de los hechos. Ustedes me han perdido, otra empresa ha sabido valorarme y no pueden echarse atrás. Eso, para mi y para muchos, sería justicia.
Entiendo que no es fácil revertir esta situación de desamparo del trabajador pero tampoco caigamos en el "es que esto es así y no se puede cambiar"
perfil OFS
25/06/2015 00:45
A Julio César se le atribuye que en cierta ocasión dijo que "los hombres tienden a creer aquello que les conviene".
En este caso, a mí ni me va ni me viene que te readmitan, que te dejen de readmitir, que te indemnicen o que no te indemnicen, pero lo que es, es, y cuando se demanda contra un despido no se está pidiendo dinero, se está pidiendo volver al puesto de trabajo.
A la empresa no se le está dando ninguna capacidad de enmendar; lo que quiere es despedir al trabajador sin indemnizarle, y eso es bastante difícil.
25/06/2015 00:11
Muy al contrario veo que no entendéis el concepto de reclamar una indemnización contra un despido que la empresa ha decidido ejecutar. Por qué a la empresa se le da la capacidad de enmendar pero no al trabajador? Esa es la cuestión. Yo no pido ser despedido, es la empresa la que lo decide y la que debería asumir sus consecuencias. Pero la ley está hecha así y yo no la puedo cambiar, aunque deberíamos hacerlo...
perfil OFS
24/06/2015 23:29
Nadie te quita de buscar otro empleo en ningún momento, y nadie te quita una indemnización, puesto que no es tuya hasta que la empresa decide no readmitirte.
No entendéis el concepto de reclamar contra un despido.
24/06/2015 14:14
Y será fácil que ellos conozcan mi situacion laboral?
De todas formas si el proceso dura meses el demandante no puede buscar empleo xq pierde su indemnizacion, no? Bueno, la justicia es así en este país.
24/06/2015 08:51
Si la empresa pierde el juicio y es conocedora de que usted ya tiene otro empleo optará por la readmisión para que sea usted quien dimita y de esta forma se vaya sin indemnización alguna.
SMO
perfil OFS
23/06/2015 22:59
Cuando demandas contra un despido, lo que estás haciendo es reclamar que se te devuelva a tu puesto de trabajo.
Si el Juez considera que el despido es improcedente o la empresa lo reconoce directamente, es potestad suya escoger entre la readmisión o la indemnización que corresponda, excepto en el caso de los representantes de los trabajadores, que es al revés.
Por tanto, no podría reclamar la indemnización si la empresa opta por readmitirle y usted se niega a volver a su anterior puesto de trabajo.
Despido disciplinario
23/06/2015 22:31
Me despidieron el pasado mes de mayo tras 2 años y 4 meses de trabajo por "bajo rendimiento". He pedido un acto de conciliación para declarar el despido como improcedente.
En estos días he conseguido un nuevo empleo (no me lo creo ni yo) y ahora me surge una duda: si la empresa se aviniera a ni pagarme indemnización y a readmitirme... Estaría obligado a volver al puesto de trabajo o podría pedir la indemnización que me corresponda?