Cuando a un trabajador afiliado a un sindicato lo despiden, es necesaria la comunicación a los delegados de la sección sindical del sindicato en la empresa, ¿no?
Si la empresa es a nivel estatal, ¿es necesario que haya sección sindical a nivel regional para poder reclamar la nulidad del despido o basta con que el sindicato tenga sección sindical a nivel nacional?
Siempre y cuando la empresa tenga constanacia oficial de que tu estás afiliado, es decir, que el descuento de tu cuota sindical sea por nómina. En este caso la empresa está obligada a comunicar a tu sección sindical, en concreto a tu delegados sindical, estando este presente en el momento de tu firma, a la cual te puedes negar con el consiguiente levantamiento de acta por parte de tu delegado sindical y demás actuaciones. Si la empresa no cumple este requisito, el despido se considera nulo, lo que siginifica que TU eliges o la readmisión en tu puesto de trabajo o la indemnización.