Mi hermano es socio de una sociedad limitada ( colegio privado), le han propuesto despido por causas objetivas (falta de alumnado, deficitario economicamente) y que cobre el paro,hasta su jubilación que le falta 1 año. Pero le proponen pagarle la diferencia que le falte hasta su salario actual, como concepto de indemnización. También han comentado que si venden(colegio) , los socios (que son 14), no tendrian derecho a paro. Le han dicho que debe dar su respuesta antes del dia 15 de agosto. También resulta extraño que siendo que el colegio tiene merma de alumnos y economicamente es deficitario, sigan manteniendo a contratados y en cambio propongan a tres de los socios (entre ellos mi hermano), lo expuesto anteriormente. Es normal y sobre todo es legal??. Gracias por vuestra ayuda