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despido contrato indefinido

10 Comentarios
 
Despido contrato indefinido
16/04/2008 10:06
hola trabajo en la construccion comunidad de madrid y mi jefe me ha dixo ue tenemos que despedir a un trabajador que tiene contrato indefinido desde hace dos años y medio por falta de trabajo, mi pregunta es sobre la indemnizacion que debo dar al trabajador:
despido por causas objetivas con indemnizacion de 20 dias
o extincion por causas objetivas con reconocimiento de improcedencia con indemnizacion de 20 33 o 45?
otra pregunta estas indemnizaciones ni cotizan a la seguridad social ni estan sujetas a irpf verdad?
por favor ayudarme, tengo que prepararlo para dentro de un par de dias
gracias
16/04/2008 11:17
El despido por causas objetivas es más complicado que abonar la indemnización. Estudialo bien, tienes que aportar datos, y parte de la indemnización la paga el FOGASA.

Si lo que quieres es reconocer la improcedencia pues 45 días.

Ni cotiza, ni tributa.
16/04/2008 11:33
si quiero reconocer la improcedencia , pero entonces en este caso en la carta de despido que pongo simplemente que le despido y que reconozco que es improcedente o tengo que poner alguna otra causa?
16/04/2008 15:22
Puedes poner todos los motivos del despido que quieras, pero después, en un párrafo aparte, que se vea bien, que reconoces la IMPROCEDENCIA y que pones a su disposición la indemnización de 45 días por año trabajado.
Y ya, si quieres, en la misma carta o en un recibo aparte las cantidades correspondientes.

Si prevees que el trabajador no va a firmar o no se va a presentar, te conviene más consignar la indemnízación en una cuenta bancaria del Juzgado de lo Social, para que no corran salarios de tramitación en caso de demandas.
16/04/2008 16:12
y si le aviso con un mes de antelacion, ya no tendria que pagrle salarios de tramitacion no?
y como seria esta carta de aviso?
me puedes poner un ejemplo
muxas garcias
16/04/2008 16:42
una ultima cosilla mas: si no le aviso con el mes de antelacion y le hago la carta de despido donde la empresa reconoce la improcedencia y la indemnizacion de 45 dias, y el firma y no pone no conforme ya no podria reclamar salarios de tramitacion ni nada no?
gracias de nuevo
16/04/2008 23:36
En contratos indefinidos...¿El despido improcedente no son 33 dias?
17/04/2008 16:39
No necesitas preavisar con un mes de antelación. En cualquier caso eso no limitaria los salarios de tramitación si te demanda y tu no has consignado antes. Y aunque la carta la firme sin más (sin poner no conforme) podría demandarte de todas formas.
18/04/2008 08:48
Si realmente es necesario amortizar ese puesto de trabajo por causas técnicas u organizativas (esto lo tiene que poder probar la empresa) es posible despedir a ese trabajador por causas objetivas, poniendo a su disposicion 20 días.

Si te acoges a esa forma tiene que preavisar con 30 días y mandar a los representantes una copia del preaviso además debes conceder al trabajador 6 horas a la semana para que busque un nuevo empleo.

Si no respetas los 30 días tendrías que indemnizarle por cada uno de ellos.

Por supuesto el trabajador quedaría en situación legal de desempleo teniendo derecho a prestaciones por ello.

Finalmente Crilin, el despido improcedente sólo 33 días en el caso de que el contrato pueda acogerse a la disposicion adicional primera de la Ley 12/2001 que establece los supuestos de fomento para la contratación indefinida:

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/l12-2001.html

Salvo mejor opinion,

Ever
18/04/2008 09:16
ayns que lio!
pero entonces si no le preaviso, pero pongo despido improcedente y le doy los 45 dias y el firma y no me demanda, asunto arreglao no?

lo que no quiero es que le haya correspondido un mes de salario por no preavisarle y que yo no se lo pague, mi jefe le quiere despedir pero pagarle lo que le corresponda
18/04/2008 09:47
Efectivamente si el la carta reconoces el despido improcedente, le pagas 45 días, no preavisas y el trabajador firma y no demanda asunto arreglado.