¿Y por qué no le va a dar el certificado de "retenciones" que dicho sea de paso se llama "de empresa"? Le sale gratis que se vaya. Estara encantada de darselo!!!!. Por lo demas, nada mas que añadir, mosca cojonera lo podria haber dicho mas alto, pero mas claro imposible.
-La empresa no puede "arreglarte el paro" o "desarreglartelo". Me imagino que la empresa te despedirá para que puedas cobrar el paro (si lo dejas voluntariamente no puedes cobrar el paro), a cambio de que renuncies a la indemnización por despido que te correspondería, en este caso el finiquito estará formado por:
-Parte proporcional de las pagas extras.
-Días de vacaciones no disfrutados.
Ya que a la indemnización por despido propiamente has renunciado.
En caso de despido, si la empresa no te da el certificado de retenciones (necesario para pedir la prestación por desempleo), pones una reclamación en la inspección de trabajo por este hecho, y con el justificante y la carta de despido vas a pedir la prestación.
He llegado a un acuerdo con la empresa, pues he estado en situción de baja laboral desde el 05/11/2010, el problema es que por problemas de salud tengo que dejar mi ocupación actual, pero a la misma vez tampoco me conceden una incapacidad,(trabajo de pie y es contraprodejunte para mi salud).
el tema es que hemos llegado al acuerdo de que me arreglan el paro pero no me indemnizan.
Mi pregunta es;
Cual sera mi finiquito, parte proporcional de pagas extras días de vacaciones?
y del 1 al 21 de Febrero, que es el día del alta?