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Despido al día siguiente de coger la baja ,

21 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 21 comentarios
Despido al día siguiente de coger la baja ,
04/02/2015 17:27
Este es mi caso . Mi problema es que a a mí me han puesto fecha de despido día 31 de enero y no es cierto ,yo trabajé hasta el lunes 2 de febrero incluido y el martes 3 acudo al medico y me da la baja , Es decir que tras saber mi baja me despiden , pero en la carta de despido pone despido con fecha 31 de enero . ¿¿ eso se puede hacer ?? La carta de despido me llegó hoy día 4 . Tenía contrato indefinido desde hace un año de 2 horas diarias y no me han dado ni preaviso ni los 15 días de aviso .

Gracias y un saludo . Agradecería cualquier consejo .
04/02/2015 23:24
Denuncia inmediata,no deberías tener excesivos problemas,supongo que la notificación,carta dices,es certificada con acuse o burofax,en caso contrario,ignórala y preséntate en tu puesto de trabajo,que muevan ficha ellos,tu no has recibido nada.
Es una trapaza muy usada por algunas "empresas" te mandan una carta de despido por correo ordinario,sin membretes ni firma o lo hacen verbalmente,tu no acudes al trabajo y despido por ausencias injustificadas,cero indemnización y sin paro,amén de la falta de preaviso,que,en todo caso,tendrán que abonarte como trabajado.
05/02/2015 06:28
No puedo ir a trabajar ya que me han dado 60 días de baja , eso es lo que pone en "duración probable de la baja " . Hoy llamaré y diré que si no recibo la carta con membrete y firmada y sellada por la empresa no vale para nada y que continúo sin despedir hasta que la reciba . Ya me extrañaba recibir una carta normal sin ningún tipo de sello . No obstante la guardaré por si más adelante fuesemos a juicio .
Gracias por el consejo y a ver que hago ahora ya que estoy en u mar de dudas .
05/02/2015 09:23
Hola, yo no llamaría,me presento a llevarles el parte de baja y que ellos haber por donde salen.Suerte
05/02/2015 11:03
En la carta que motivo pone el despido, como le dice blecua esa carta carece de credibilidad alguna ya que parece ser que esa carta no trae firma ni sello ni se la han enviado mediante burofax y por otra parte usted no ha firmado ningún recibí de la misma por tanto puede alegar no haberla recibido.
Empiece por pedir una vida laboral y si como dice le han cesado el 31/01/2015 demande por haberle dejado de cotizar hasta ese día 3, si por el contrario estos días se han cotizado presente denuncia por el recibo de esa carta, yo de usted mantendría informada a la inspección de trabajo porque usted para impugnar ese despido, (para ellos desde el envío de la carta), tiene 20 días, aunque pueden alegar, (si interviene inspección), que ellos no le han enviado ninguna carta que la ha escrito usted para luego demandarles, informe a inspección de trabajo para curarse en salud y no les comunique nada cuanto mas tiempo pase mas tiempo le tendrán que pagar.
Por cierto, nos comenta que el motivo del despido es haber sacado la baja, bueno en este país el despido es libre y aun estando de baja le pueden despedir, en cuanto a los 15 días de preaviso hay que ver el motivo si alegan despido por causa disciplinaria no es preciso preaviso (seguramente aleguen bajo rendimiento y como éste es indemostrable le reconozcan la improcedencia del mismo).
SMO
05/02/2015 13:04
Bueo el parte de baja ya está entregado en la empresa . Ahora voy a haceros caso y voy a esperar la carta ya que sus intenciones quedan claras y es sólo cuestión de tiempo . Al entregar el parte de baja de los 3 primeros días el jefe de personal me ha dicho que próximamente recibiré noticias .

Mañana viernes debo acudir a recoger otro parte como me indicó el médico de cabecera. Lo que no se es que debo hacer con este segundo parte .

Gracias por vuestros consejos . Os agradeceré cualquier consejo ya que esto no me había pasado nunca y estoy confundido .
05/02/2015 13:18
Yo creo que llevarlo a la empresa,ese es el parte numero 1 en otro era de confirmación.tu sigues de momento en nomina de la empresa hasta te digan lo contrario.
05/02/2015 13:41
Dicho y hecho . Acabo de recibir burofax . Mi baja data del día 3 de febrero y se me despide con efectos de 4 de febrero y es tratado como despido disciplinario , que no realizo mis trabajos , que actúo con desidia y dejadez y que doy una imagen negativa hacia su empresa y que provoco tensiones entre mis compañeros . Vergonzoso , todo mentira ya que todos me adoran .

Es humillante las salvajadas que pone . Todo eso por que la durada probable es de 60 días .
Ahora ya no se que debo hacer , a ver si ahora no me pgan la baj por las salvajadas que exponen . Hasta que punto influye que el despido sea tratado como disciplinario . O si debo denunciar , o si merece o no la pena .

Espero vuestros consejos . Gracias .
05/02/2015 13:46
Ponte en manos de un abogado laboralista lo antes posible .
05/02/2015 13:49
no se preocupe en cuestion de la baja medica, no tienen en cuenta la causa de desido solamente tienen en cuenta que en el momento en el que cesa en la empresa usted este de baja medica.

Lo que tiene que hacer ahora es solicitar el pago directo a la mutua o al inss, depende con quien tenga concertada la empresa esas contingencias, enterese de eso.

Con respecto al despido si no esta de acuerdo con lo que alegan interponga demanda, son ellos quienes que demostrar que lo que alegan es cierto.
05/02/2015 14:05
Desde el momento que es una baja larga ya que la doctora dice que mis analisis son muy graves y que las pruebas médicas duraran como mínimo 6 meses dado que lo que creen que tengo tiene muy mala pinta .

Yo lo que quiero saber realmente es eso de la Mutua y si realmente incide en lo que voy a percibir, es decir si por el hecho de ser despido disciplinario pueden quitarme o rebajarme la cuantía de mi baja .

Según parece denunciar o ponerse a malas no va a conducir a nada en este caso .

No entiendo muy bien eso de "pago directo " y lo de la Mutua , ya que me comenta u compañero que ahora me pasan a la Mutua .

A parte de estar mal de salud , ahora también me han tumbado psicologicamente .

05/02/2015 19:58
1 Su baja ¿Es por cont. comunes o profesionales?
Podían ser mas concretos en cuanto a los hechos, decir la profesión, la actividad que desarrolla, el convenio de aplicación, si la mutua tiene contratadas las cont. comunes y las profesionales oo solo las segundas...etc. No somos adivinos.
2 En cuanto a la mutua usted debe comunicar a la empresa que ha sido despedido y solicitar el pago directo, cuando uno trabaja para una empresa si el trabajador se queda de baja paga o bien la SS o bien la mutua pero usted sigue cobrando su nomina de su empresa en lo que se denomina pago delegado y cuando termina con la empresa pasa al pago directo.
3 En cuanto al despido, como le dije tendrían que poner una causa y esas mentiras que usted dice son la causa que como le dije tb mas educadamente se denomina despido por bajo rendimiento, ellos lo ponen mas soez.
Mire ahora tiene 20 días para reclamar contra ese despido porque no nos dice si le reconocen la improcedencia del mismo o no, si no lo hacen es porque pretenden un despido disciplinario que no conlleva indemnización y si les sale mal que se califique el mismo como improcedente tras demanda suya pues pagaran una indemnización en función de la jornada como son dos horas diarias sera pequeña y así se libran de un trabajador.
Sobre el motivo ponen cualquier cosa sea verdad o no para que no se produzca indefensión y no van a poner que le despiden porque ha sacado usted la baja si hiciesen eso es discriminación u por tanto el despido seria nulo con lo que tendrían que pagarle los salarios de tramitación y reincorporarle.
Mire busque un abogado y demande porque sino reclama ese despido quedara como procedente y por tanto sin derecho a indemnización alguna para el trabajador y aunque es difícil (porque el despido en este país es libre), un buen abogado presentará una demanda por despido por vulneración de derechos e intentará en el juicio demostrar que la verdadera causa del mismo es que usted ha cogido la baja.
Mire no se el motivo de su baja, no nos lo dice, pero me temo que usted ha hablado con su empresa y les ha dicho la causa y a su vez la duración que le pronostican, mal hecho, esa información no debe conocerla la empresa, pero un buen abogado puede probar ante un juez que el despido es por cogerse la baja, supongamos que lleva tiempo en la empresa y que nunca ha sido sancionado anteriormente y ahora casualmente cuando usted cae de baja, (por lo que cuenta me inclino a que es una situación de contingencia profesional por ej. por una depresión o por estrés laboral) y tras no tener ninguna sanción ahora resulta que es usted un mal trabajador que resulta conflictivo con los compañeros su abogado, pedirá despido nulo y como subsidiario improcedente, así que debe intentarlo sino no solo no sera nulo sino que tampoco improcedente y no tendrá ninguna indemnización.
SMO.
06/02/2015 06:25
Gracias jamgpreve por ayudarme .

Mi profesión es la de COCINERO y hago de comer para más de 100 personas diarias , aunque en m contrato sólo soy AYTE COCINA .
La enfermedad de la baja es MIOPATIA SIN DETERMINAR . Es una enfermedad muscular severa , llevo ya 3 años intentando que determinen que tipo de Miopatia es para poder ponerle tratamiento pero los neurólogos están trabajando por eliminación y de momento aún no han acertado . Me hicieron análisis de sangre y este día 3 cuando iba simplemente a recoger los resultados , el médico me dió la baja al momento ya que piensan que tengo algo malo en la sangre en relación con mi enfermedad muscular . La baja con fecha día 3 , ya entregada y el despido según el burofax con fecha día 4 .
A las 10 debo ir a su gestor que dice que ya tiene los papeles . Si no me convencen me iré dorecto a solicitar un abogado de Justicia Gratuita , ya que obran siempre en plan miserable porque no creo que un contrato indefinido con sólo 10 meses de antiguedad y a tiempo parcial de 2 horas diarias deben de ser cuatro pesetas .......
La base de cotización de mis últimas nóminas es de sólo 340 euros , así que imaginaté la miseria que me va quedar pr que encima intenten dejarme sin nada .

De nuevo MUCHAS GRACIAS por los consejos .

Un abrazo .
07/02/2015 07:54
Me han ofrecido 25 euros como finiquito . Dice que al ser despido disciplinario no me corresponde indemnización . Lo de las pagas extras y las vacaciones lo tenía prorrateado en mi nómina mensual . Que no me haga mala sangre con las causas y motivos del despido , que eso se hace en todas las empresas . Y que si estoy en desacuerdo que denuncie , que ellos tienen bufete de abogados para estas cosas y que les da igual . Y que de gracias que me han dado el certificado de empresa tan rápido y que si ellos quisiesen no me darían dicho certificado ya que me he negado a firmar el finiquito .

Está muy claro , el lunes a slicitar abogado y presentar denuncia por lo Social ya que sólo dispongo de 20 días desde la recepción del burofax .
07/02/2015 11:12
Echa una vistazo,te será ilustrativo.
http://laboro-spain.blogspot.com.es/2014/09/pedir-paro-sin-certificado-de-empresa.html
07/02/2015 15:05
Precisamente, como ya le dijimos di se trata de un despido disciplinario no conlleva indemnización, entonces porqué quieren ser tan generosos y dársela?
En cuanto a lo de los papeles del paro CHORRADAS.
Lo dice usted en la oficina de desempleo y lo hacen ellos.
Ya le he dicho busque un abogado que si consigue demostrar que es por coger la baja ese despido será nulo, ( es difícil pero el no ha lo tiene así que no pierde nada), pero lo que es seguro es que cuando menos será improcedente.
SMO.
08/02/2015 07:12
Muchas gracias de nuevo . Les estoy muy agradecido .
13/02/2015 15:50
He entregado los partes en la mutu ay me ha llegado la carta de aceptación de la mutua ( ACTIVA MUTUA ) en la cual me viene calculada mi base de cotización y me exponen cuanto es el 50% de dicha base y tbn el 70% de dicha base . Yo pensaba que era el 60% para las 2 primeras semanas y el 75% para las posteriores . Igual ha cambiado todo esto .... A ver si alguien sabe algo a este respecto . Un saludo .
perfil Eru
13/02/2015 16:44
Hola,
Cuando estás en "pago directo"(estás de baja médica y ya no tienes a la empresa detrás porque te han despedido o finalizado el contrato, vamos, tu situación) y tu baja médica proviene de una enfermedad común, cobras la misma cantidad que si estuvieras cobrando la prestación por desempleo. Por eso te han dado el 70% y el 50% de tu base reguladora.
Los otros porcentajes que creias que eran, son correctos si no te hubieran despedido.
Un saludo,
13/02/2015 17:20
ok , Eru , muchas gracias . Me ha quedado claro .