me ha surgido una duda respecto a un despido que me han planteado recientemente, a ver si pueden aclararme un poco.
Un trabajador ha sido despedido como sanción muy grave al haber cogido el coche de empresa para uso particular. Resulta que ha sido desplazado temporalmente y les han dado un coche de alquiler para que se desplacen. Sin embargo, cuando lo usa es un día festivo por tanto sin actividad para la empresa.
Espero que puedan echarme una mano.
Gracias y saludos.
1º.- Habría que ver qué se pactó por escrito o verbalmente, sobre el vehículo, mientras el trabajador se encuentra desplazado.
2º.- Habría que estar a lo dispuesto en el convenio colectivo. Las infracciones son tasadas, y no se puede sancionar una actividad o actitud que no esté tipificada.
Y respecto a la sanción, el empresario a partir del tipo de infracción puede optar entre una u otra sanción aparejada a la misma, pero un despido disciplinario me parece excesivo.
Si el uso del vehículo para fines particulares fuera regular y el trabajador hubiera sido sancionado anteriormente (con las correspondientes comunicaciones por escrito de los hechos y fecha de los mismos), aún podría entender la postura de la empresa.
En mi opinión, el trabajador podría actuar contra el despido o impugnar la sanción.
Estimado Shughart,
primero gracias por responder.
No hubo pacto alguno sin embargo es habitual en la empresa que en todos los desplazamientos el coche se "preste" a los trabajadores.
Convenio colectivo no viene tasada la infracción como tal, sólo viene contemplada como sanción muy grave el abuso de confianza.
Sabrías de alguna Sentencia que pudiera consultar, .gracias