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Desperfectos que deja el antiguo propietario

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Desperfectos que deja el antiguo propietario
01/10/2013 16:47
El primer piso de mi comunidad se ha vendido, pero deja unos desperfectos de hace mas de un año que causó una avería de unas cañerías. El caso es que antes de que se suspendiera la junta anterior, se habló de que la comunidad iba a reclamar al nuevo dueño que arreglase los desperfectos. Yo no estoy de acuerdo, mi planteamiento es que el administrador, que es un poco incompetente debió advertir en su certificado a la parte vendedora y compradora, que existen unos desperfectos a reparar por la vivienda que se vende, y para dar seguridad a la venta se debió peritar a cuanto asciende esa reparación. En mi opinión, si el nuevo comprador no es consciente de esas reparaciones pendientes en el momento de la compra y las quiere asumir, esas reparaciones corresponden al anterior propietario, de lo contrario puede suponer un engaño para el nuevo propietario. Sé que va a ser difícil convencer a la comunidad de ello, porque ellos siempre tratan y defienden que el nuevo propietario tiene que amoquinar con todo, y a su vez el administrador colabora en este tipo de engaños al nuevo propietario
Como podría obtener el certificado del administrador que ha entregado para dicha compra/venta? Y forzarle a que la comunidad entienda que si la vivienda se vende libre de cargas, el administrador debe colaborar con sus certificados en manifestar si hay cosas pendientes, para no engañar a los compradores?
01/10/2013 17:38
En el supuesto de que se aprobara en Junta la reclamción de dicho gasto, seria un tema a dilucidar entre las partes que han intervenido en la compraventa.
En cuanto a cómo obtener copia del certificado correctamente emitido por el administrador está prohibido por la LPD.
01/10/2013 18:33
Enderbury, creo que no quiere usted entender. La junta se cree soberana para decidir que impone el coste de la reparación al nuevo propietario, y no se llegó a decidir nada, porque se canceló la junta, pero si se decidiese se le sumaría directamente a sus deudas el coste de la reparación. Y es lo que yo digo que es fomentar los engaños en la compra/ venta, porque el administrador debió dejar claro en el informe (si no lo hizo, que casi me apuesto algo a que no lo hizo) que esa vivienda debía a la comunidad esa reparación. Puede que el nuevo propietario ni siquiera sepa que esos daños se debe a una fuga de agua achacable a esa vivienda...
01/10/2013 18:45
Engañado, puestos a hilar fino tal vez ese propietario tampoco debia hacerse cargo de los daños pues habria que demostrar fehacientemente que se produjeron por averia en la parte privada de la propiedad y no en las cañerias comunes.

En cualquier caso el articulo 9 de LPH es muy claro:
El adquirente de una vivienda o local en régimen de propiedad horizontal, incluso con título inscrito en el Registro de la Propiedad, responde con el propio inmueble adquirido de las cantidades adeudadas a la comunidad de propietarios para el sostenimiento de los gastos generales por los anteriores titulares hasta el límite de los que resulten imputables a la parte vencida de la anualidad en la cual tenga lugar la adquisición y a los tres años naturales anteriores. El piso o local estará legalmente afecto al cumplimiento de esta obligación.

En el instrumento público mediante el que se transmita, por cualquier título, la vivienda o local el transmitente, deberá declarar hallarse al corriente en el pago de los gastos generales de la comunidad de propietarios o expresar los que adeude. El transmitente deberá aportar en este momento certificación sobre el estado de deudas con la comunidad coincidente con su declaración, sin la cual no podrá autorizarse el otorgamiento del documento público, salvo que fuese expresamente exonerado de esta obligación por el adquirente. La certificación será emitida en el plazo máximo de siete días naturales desde su solicitud por quien ejerza las funciones de secretario, con el visto bueno del presidente, quienes responderán, en caso de culpa o negligencia, de la exactitud de los datos consignados en la misma y de los perjuicios causados por el retraso en su emisión.

Entienda usted que el anterior propietario no debia nada y que aun no se le habia requerido que hiciese la reparacion.

Es una faena pero el asunto lo tendran que discutir entre propietarios y salvo que sea usted a quien se le reclama no deberia intervenir pues la comunidad y el administrador no han reclamado con rapidez pero tampoco han obrado contra la ley. La comunidad reclama daños y perjuicios a la propiedad independientemente de quien sea el propietario
01/10/2013 19:38
Yo creo que no sabemos si el administrador ha obrado contra la Ley, si no vemos que certificado ha emitido.
Era una deuda que el primero había reconocido en junta, que se debió a una avería suya y que tenía que solucionarlo. De eso no cabe duda a nadie, pero ellos lo iban postergando, y si nadie ha comunicado nada al nuevo propietario en el momento de la compra, creo que es un abuso reclamárselo solo al nuevo propietario

De todas formas, si todos coincidís en que deben discutirlo el anterior y el nuevo propietario, creo que la comunidad se extralimita al tachar de moroso directamente al nuevo propietario si no quiere pagar y que quizás sólo ha visto en el certificado del administrador que la vivienda se haya al corriente de pago de las cuotas, y por tanto se sienta engañado, no? Lo digo porque sería además la tercera vez que pasa en esta comunidad, y ya no es casualidad, dos veces por ocultación de derrama y una por ocultación de desperfectos que corresponden a esa vivienda. Yo lo achaco al mal hacer del administrador y del presidente (aunque el presidente nunca firma los certificados de estar al corriente de pago cunado hay compra/ventas en esta comunidad)

01/10/2013 19:54
tal y como yo lo veo el que ha engañado es el antiguo propietario.

Si estaba al corriente de cuotas y derramas y la reparacion corria de su cuenta (no es estrictamente una deuda) el certificado puede ser correctisimo.

Lo ocurrido en otras ocasiones no lo se.

Le dire que acabo de vender una vivienda y m,i comprador me ha hecho toda clase de preguntas pero de la comunidad muy poquitas. Me ha preguntado sobre la reparacion de la terraza, que es fachada y corresponde a la comunidad. La verdad es que se aprobo en la ultima junta pedir presupuestos para su arreglo y no ha habido mas. Asi se lo he demostrado con el ultimo acta pero incluso asi podria estar mintiendole pues el administrador no podria informarle de nada no siendo propietario y en el certificado no tendria deudas aun habiendose aprobado una derrama si hubiera pagado la parte que se me correspondiese.
01/10/2013 20:25
Chelinka, usted no ha hecho nada malo ni le ha ocultado nada, puesto que el vendedor ya ha visto el estado de la terraza, compra la vivienda así, y sólo es una hipotética derrama futura. Lo que ha ocurrido en mi comunidad es ocultación de derramas ya acabadas y pendientes de pago, y por tanto que el propietario no podía presumir que estuviesen pendientes de pago.
Y lo que haya ocurrido o no con esta última venta espero descubrirlo, pero yo veo maliciosa y traicionera por parte de la comunidad reclamar todo siempre al nuevo propietario, y que el administrador no trasmita al nuevo propietario, y lo oculte a drede cosas que después le va a reclamar. Una compra/venta es algo muy importante como para que haya tan poca transparencia en el estado de las cuentas con la comunidad, ¿no cree?. Y cuando digo cuentas me refiero al sentido amplio, no sólo el pago de los gastos ordinarios
01/10/2013 21:43
Debe usted entender que los asuntos de la comunidad son de interes para los propietarios y no han de divulgarse fuera de la comunidad.
Ya ha visto que hay problemas para que un propietario con todos sus derechos acceda a las cuentas fuera de una junta, es logico que a alguien que ni siquiera pertenece a la comunidad, y por lo tanto carece del derecho a conocerlas, no se le faciliten
La informacion a la que tiene derecho esta regulada por ley y aparentemente, en su caso, se le suministra.
Si el anterior propietario le ha escondido cosas debera reclamarle a el, no a la comunidad.
01/10/2013 22:03
¿ Que artículo de la ley incumple el administrador en este caso, Sr. Engañado en todo ?
01/10/2013 22:09
Vamos a ver Chelinka, yo solo digo que el administrador debe consignar la cantidad que deba el vendedor por todos los posibles conceptos de comunidad, no sólo si está al corriente de los gastos ordinarios. Con eso evidentemente no se viola la LOPD.
Pues incumple que las deudas vencidas deben de correr de cuenta del vendedor. Sr pasa de todo. Y si una vivienda tiene pendiente el arreglo de unas obras por daños que ha causado a la comunidad es una deuda vencida y perfectamente cuantificable, no es una gasto ordinario, pero es una deuda vencida con la comunidad. Y las ventas se hacen libres de cargas, y así se pacta con el vendedor. Por tanto esconderla pueda dar pie a engaños
01/10/2013 22:20
Incumple que si el vendedor engaña al comprador en base a dicho certificado, Sr pasacero enterado, el administrador se convierte en cómplice necesario de la estafa. Le recuerdo que según el código penal son coautores o cómplices los que colaboran en la comisión de delitos, en este caso presuntos delitos de estafa o lo que yo llamo ocultación de información para endosamiento de deudas al vendedor que corresponden al comprador. Y usted si fuese comprador y le ocultasen deudas que después se las reclama el administrador ¿a que no le haría gracia el tema?
01/10/2013 22:31
Chelinka, no puedo estar mas en desacuerdo con su afirmacion "Entienda usted que el anterior propietario no debia nada y que aun no se le habia requerido que hiciese la reparacion" .
Falso, Se le había requerido, el dueño la había reconocido que era su responsabilidad y el administrador y toda la comunidad sabe que esa vivienda debía la reparación correspondiente de los desperfectos, deuda perfectamente cuantificable además con un peritaje. Yo no sé por qué a algunos os da por hacer debates demagógicos y lleno de prejuicios sin creen en los hechos narrados....Lo que hay es administradores negligentes que aprovechan cualquier resquicio para que por arte de magia las obligaciones del vendedor pasen a ser del comprador engañado, y ya van tres veces, las tres últimas compras, en esta comunidad de mafiosillos.
02/10/2013 10:05
Cuando se realiza un contrato de compraventa, se verifica las cargas o gravámenes, y manifiesta el vendedor estar o no libre de cargas. Del mismo modo la parte vendedora manifiesta estar al corriente de pagos o cuotas y responder de la posesión legal y pacifica. Asimismo el vendedor manifiesta hacerse responsable ante cualquier contingencia o imprevisto anterior que afecte negativamente a su realización, avalando el buen fin de la operación.
Nada tiene que ver el administrador en este caso, el tema es entre vendedor y comprador, si hay engaño en todo caso la responsabilidad, o es del vendedor, o el agente inmobiliario si es que ha intervenido.
02/10/2013 10:48
Y si la inmobiliaria le hecha la culpa al administrador por expedir certificados falsarios y con ocultación de deudas? El problema viene cuando los tres, vendedor, propietario y administrador, están confabulados para intentar endosar al nuevo propietarios deudas que no son suyas.
Si fuera solo este hecho, pero es que mi administrador es un inductor al fraude y a la estafa permanente....
En fin, veo es que es bastante difícil transmitir la realidad de cómo ocurren los hechos en mi comunidad en un chat, pero todo se hace con segundas intenciones, se comete dolo falsario permanentemente por parte del administrador, que induce además a cometer delitos a la comunidad de forma muy preocupante
02/10/2013 12:31
Es maravilloso como se dan vuelta y vueltas a las cosas, siempre para llevarlas al terreno que a cada uno le interesa y poco a poco, vamos echando fuera, incluso faltando al respeto a todo aquel cuya opinión no coincida con la nuestra.
Vamos a ver.
1º Se ha aprobado o realizado reparación alguna por los desperfectos que señala y estos han sido debidamente facturados NO, pues entonces no hay deuda alguna pendiente.
2º Las deudas son reclamables en el momento en que se facturan por tanto ya nos podemos ir olvidando de quien era el propietario cuando se sembraron los melones que no nos interesa para nada, el tema es quien es el propietario cuando se pasa un recibo. (Consulte la legislación al respecto).
3º El certificado que emite el Administrador-Secretario aparte de que no tiene por que mostrarselo a vd. pues no es nadie para conocerlo y ademas es ilegal, esta perfectamente hecho pues se refiere como debe ser a las deudas vencidas y no satisfechas. Por tanto si la reparación no se ha realizado ni facturado no hay deuda alguna.
4º Ya está bien de que desde su postura de persona amargada se esté permitiendo faltar al respeto a todo el que le apetezca pues ni tiene vd. razón en ninguno de sus argumentos ni los demás tienen por qué estar soportando sus continuas insinuaciones.

Si no sabe vivir en comunidad, marchese lo mas lejos posible y en total aislamiento, asi ni molestara ni sera molestado por nadie. A dia de hoy no he encontrado en ninguna de sus intervenciones nada en lo que tenga razón, es mas solo demuestra continuas exposiciones de molestias hacia los demás, de supuestos derechos que nadie le ha concedido y de continuos ilicitos realizados pro vd., no me extraña que tanto el Administrador como el resto de copropietarios esten ya hasta las narices.

Ahora solo falta que quiera intervenir en una compraventa ajena por una supuesta mancha.
Informese un poquito antes de hablar de tantos derechos pues en lo expuesto no tiene vd. derecho ni a opinar siquiera.

Y por cierto, esto no es un chat, es una pagina donde los usuarios registrados pueden libremente consultar sus dudas o problemas para que profesionales de distintos ramos les asesoren en forma gratuita, no se equivoque.
02/10/2013 13:45
Engañado, ya le comente en una ocasion que para obtener buenas respuestas hay que plantear bien las preguntas. Segun usted ha explicado lo unico que se ha hecho es reconocer y peritar un daño que ha de reparar un propietario y que aun no lo ha hecho. ESO NO ES UNA DEUDA, sino una obligacion pendiente.

Segun he podido entender solo han hablado en junta que se exija la reparacion al nuevo propietario, por tanto sigue sin haber deuda y no pueden declararle moroso desde el principio como usted ha dicho.

Si la comunidad lo repara y le exige que lo pague sera una deuda, pero lo sera desde el momento en que la comunidad lo haga y lo hara al propietario que lo sea en ese momento. Si hay disputa sera entre propietarios (anterior y actual)

La obligacion de la reparacion ha de trasmitirla el propietario vendedor, no el administrador.

Si las cosas no son como las he entendido sera porque usted no las explica debidamente pues la mayoria hemos interpretado igual su intervencion o Tal vez sea que no tiene usted razon.

Por ultimo Enderbury21 se puede decir con letras mas grandes pero no m,as claro. Totalmente de acuerdo con usted punto por punto y coma por coma

Saludos
02/10/2013 14:49
Ya me explicara usted:

"Y si una vivienda tiene pendiente el arreglo de unas obras por daños que ha causado a la comunidad es una deuda vencida y perfectamente cuantificable, no es una gasto ordinario, pero es una deuda vencida con la comunidad." FALSO, no hay deuda.

"Se le había requerido, el dueño la había reconocido que era su responsabilidad y el administrador y toda la comunidad sabe que esa vivienda debía la reparación correspondiente de los desperfectos, deuda perfectamente cuantificable además con un peritaje." NO HAY DEUDA.

"Era una deuda que el primero había reconocido en junta, que se debió a una avería suya y que tenía que solucionarlo" NO HAY DEUDA

"el administrador, que es un poco incompetente debió advertir en su certificado a la parte vendedora y compradora, que existen unos desperfectos a reparar por la vivienda que se vende, y para dar seguridad a la venta se debió peritar a cuanto asciende esa reparación." A LA COMUNIDAD SE LA TRAE AL PAIRO LO QUE CUESTE PUES NO HAN DE PAGARLA

"El caso es que antes de que se suspendiera la junta anterior, se habló de que la comunidad iba a reclamar al nuevo dueño que arreglase los desperfectos." PERFECTAMENTE LEGAL

"no se llegó a decidir nada, porque se canceló la junta,"

Segun se deduce hubo daños y se le reclamaron al propietarios que accedio a la reparacion, los daños no se han arreglado ni se han peritado (cosa que tampoco corre por cuenta de la comunidad pues es responsabilidad de quien los produjo hacer la reparacion cueste 5 o 50) pese a que a usted no le guste los daños son reclamables al propietario, sea quien sea.

No veo deuda por ningun sitio por mucho que usted se empeñe en llamarlo asi.

Hay una obligacion-compromiso de reparacion NO DEUDA y por tanto, por ley, el administrador no ha de incluirlo en el certificado.

ES un asunto entre particulares, no le de mas vueltas.












02/10/2013 16:33
Chelinka,
usted piense lo que quiera, afortunadamente la fiscalía está apercibiendo las cosas correctamente con las pruebas que aporto, así que usted siga haciendo demagogia con unos hechos que se niega a entender. Pero las acciones del administrador y su negligencia sólo nos crean problema a la comunidad, y disputas entre los nuevos y propietarios y los que han vendido.
Y aunque le aplauda la masa borreguil, eso es perfectamente evitable si el administrador fuese honrado, se evitarían problemas al viejo propietario, al nuevo ya la comunidad. Creo que no es tan complicado poner un mínimo de interés y hacer las cosas bien
02/10/2013 16:59
Entiendo perfectamente lo que usted ha escrito, tal vez usted no sepa explicarse y ese ya no es mi problema.

La demagogia no ha sido mia pues me limite a responderle segun los hechos que usted planteo. No creo que en el caso que plantea haya nada ilegal por parte de su administrador y eso es opinion no demagogia.

El que se niega a entender que no tiene razon es usted y no la tiene segun lo que usted ha expuesto, si hay otras cosas que no explica no lo se.

Saludos
02/10/2013 17:31
Chelinka, apostaría mi paupérimo patrimonio a que si se indaga en la última venta venta hay dobles intenciones y mala fe por parte del administrador en la redacción del certificado. Tirando le hilo he logrado demostrar cosas interesantes.
Enedrbury, le repito, usted no conoce mi comunidad ni cómo hace las cosas. Y lo peor es que no quiere entender lo que narro. Yo valgo para vivir en comunidad, no me compraría una casa independiente, lo que no trago son las mafias, ni las tragaré nunca, así que me la trae al pairo sus opiniones. Me la trae también al pairo que me explique mal y gente que no me quiera entender no me entienda. Lo que me importa es lo que piense el juez y la fiscalía que lleva el caso, y me importa cómo hace las cosas el administrador en mi comunidad, porque es mi comunidad y me efecta.
Creo que me explico con meridiana claridad