Entiendo por sus palabras que existe opción de reclamar mediante demanda civil al ayutamiento? el problema es que si ha pasado más de un año, en este caso ya no tendría opción de reclamación ninguna? y siempre sería hacia el promotor, en este caso el ayuntamiento, independientemente de quien haya realizado la obra, cierto?
Datos de la persona reclamante y domicilio a efectos de notificación.
Un relato de los hechos, concretando con claridad y exactitud fecha, hora y lugar.
Descripción detallada de los daños producidos y su valoración económica.
Relación de causalidad entre los daños y el servicio público.
Propuesta de pruebas.
El plazo para reclamar es de hast un año después de los hechos.
Si no has precedido de esa forma y estás dentro de plazo, en mi opinión, deberías presentar nueva reclamación cumpliendo estos requisitos, sin olvidar hacer constar que existe reclamación anterior de la que solicitas quede sin efecto.
Si en el plazo de seis meses no has recibido resolución expresa, debes entender desestimada tu reclamación.
Hace un tiempo se realizó una obra pública de acondicionamiento del alumbrado, por esa obra se provocaron diferentes desperfectos en mi vivienda particular (casa individual a pie de calle). Yo remití la consiguiente reclamación al ayuntamiento y ellos no hacen si no darme largas y remitirme que el técnico de la empresa que realizó las obras e incluso no se si la empresa ha cesado. Mi pregunta es si existe silencio para esa reclamación, quien debe hacerse cargo, puede prescribir el caso, puedo interponer algún tipo de demanda al ayuntamiento y en donde?
Muchas gracias.