hola me contrataron el 16 de julio para 3 meses de suplencia y el dia 1 agosto estoy de baja medica por ansiedad cobre el dia 1 los 15 dias trabajados pero me estan haciendo la vida imposible no quiero volver al trabajo , periodo de prueba pone 2 meses o por convenio, no quiero darles los 15 dias de preaviso por que no quiero cobrar el paro pero cuando acabe la baja que sera el jueves no quiero volver que puedo hacer? tengo otro trabajo esperandome. gracias
Vera, usted insiste en poner su correo exponiendo la misma pregunta y resulta que ya le han respondido perfectamente, lea su sms anterior en el que ainoa1 le exploica perfectamente lo que debe hacer.
Simplemente usted les comunica que se va y punto en ctos inferiores al año de duración no precisa preaviso y como ademas de su anterior correo creo recordar que estaba usted en periodo de prueba, pues eso ambas partes pueden finalizar el cto por no superar el periodo de prueba, eso si al ser baja voluntaria no tendrá usted desempleo pero como ya dijjo no le importa así que adelante.
jamgpreve, recuerda que eso de los contratos de duración inferior a un año no es aplicable a una baja voluntaria, son cosas diferentes, por un lado está un contrato que finaliza por llegar a su término, y es entonces cuando miramos si su duración ha sido superior al año (15 días de preaviso) o igual o inferior a un año (no preaviso), y por otro lado están las dimisiones (bajas voluntarias), para las cuales el Estatuto de los Trabajadores se remite a los convenios o a las costumbres del lugar.
entonces que no me entero yo puedo irme sin ningun problema el jueves escribir una carta de que me voy o no . me pediran que trabaje 15 dias o que me quitan el dinero que he cobrado estos 15 dias anteriores que he trabajado.
d.- Por dimisión del trabajador, debiendo mediar el preaviso que señalen los convenios colectivos o la costumbre del lugar.
c.- Por expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato
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Si el contrato de trabajo de duración determinada es superior a un año, la parte del contrato que formule la denuncia está obligada a notificar a la otra la terminación del mismo con una antelación mínima de quince días.