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despedido sin papeles

8 Comentarios
 
Despedido sin papeles
12/10/2010 08:32
Hola, estoy en España desde marzo 2008, no tengo papeles, pero estuve trabajando desde julio 09 hasta ayer oct 10 y me despidieron. mis preguntas son : a que tengo derecho ? puedo solicitar indemnizacion ? en fin que deberia hacer ? muchas gracias de antemano
12/10/2010 10:41
pues lo primero que deberías haber hecho, es no trabajar sin permiso.

Por lo demás, veo complicado que puedas reclamar nada.

12/10/2010 11:44
Disculpa pero no comprendo,aqui todo mundo para vivir sea legal o ilegal debe trabajar sino como vive ? No podria esperar ni yo ni nadie tres años sin trabajar para solicitar un arraigo social....el asunto segun me han dicho es que puedo denunciar a mi empleador y la multa es grande cosa que no me interesa sino saber si puedo percibir indemnizacion.Gracias nuevamente
12/10/2010 12:44
Para empezar, si no existía relación laboral por carecer de los permisos legales para ejercer cualquier actividad, no se te puede despedir (simplemente ya no vas). Por tanto, no tienes derecho a indemnización como un trabajador regular.

Aunque no te interese denunciar esta situación ante la Inspección de Trabajo... tampoco te serviría de nada, si ya no prestas servicios dentro de la empresa cuando se realice la visita pertinente. La Inspección no hace milagros, y para levantar acta, debe acreditar que se daba la situación que planteaste en tu denuncia (si ningún otro trabajador corrobora que tú trabajabas allí o no existe cualquier otro medio de prueba, el empresario no será sancionado).
Al empresario se le impondría una infracción muy grave en materia de extranjería del art. 54.1.d LO 4/2000, que conlleva una sanción de 10.001 a 100.000 €, y además se le impondría la cuota multa del art. 48 de la Ley 62/2003 (las cuotas que el empresario ha dejado de ingresar por ti).
En cualquier caso, aunque la Inspección sancionara al empresario, y éste abonara la sanción y las cuotas dejadas de ingresar por ti, éstas (las cuotas), no te darían derecho para acceder a una prestación o subsidio por desempleo.

Y para el tema del arraigo, debes estar al art. 45.2 RD 2393/2004... donde generalmente se requiere empadronamiento y contrato laboral no inferior a un año.
12/10/2010 14:55
Vale entiendo,pero tengo muchos testigos ya que atendia a muchos clientes de hecho hay otro chico cobrando en mano al cual no quisiera perjudicar aunque este es español,por lo que el asunto de papeles no existe.Lo comento porque supongo que si denuncio haran inspeccion y no se si habra juicio para lo de testigos etc,lo del arraigo lo se,por eso comentaba que he leido que si el empleador no quiere hacerme contrato como este era el caso podria denunciarlo no se en que medida me beneficia para el tema papeles. gracias y perdona lo pesado.
12/10/2010 15:00
Lo que tienes que hacer es ir a un abogado laboralista, que denuncie tu despido y mire si puede probar tu relación laboral.
SALUDOS.
12/10/2010 15:45
Aunque denuncies, olvídate del paro... Quizás, si queda constancia que existía una relación laboral, obtengas indemnización.
Pero repito, las cuotas que el empresario adeude por ti a la Seguridad Social no te darán derecho para acceder a una prestación o subsidio por desempleo.

Por lo que respecta a los testigos (estos tienen que consentir). Por mucho que tu situación es irregular, y tengas todas las de ganar, no puedes obligar a nadie a testificar en tu favor.
12/10/2010 23:28
Shughart : gracias por responder,solo para finiquitar,no me refiero a paro como tal sino a indemnizar por el tiempo trabajado y nada mas.Denunciarlo provocaria la indemnizacion o solo la inspeccion y posible multa ? ME AYUDARIA EN ALGO PARA REGULARIZAR MI SITUACION? Gracias nuevamente
13/10/2010 23:42
Hola,donde debo hacer la denuncia y que documentos debo llevar ? el hecho de denunciar a mi empleador me ayuda para los papeles ? gracias mil