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Despedido se niega a coger cheque

14 Comentarios
 
Despedido se niega a coger cheque
02/11/2010 10:45
La empresa ha despedido a un trabajador que se ha negado a firmar la carta de despido y recoger el cheque.
La carta de despido la han firmado los dos miembros del comité de empresa.

¿Sería conveniente depositar el cheque en el juzgado?, o con los testigos miembros del comite de empresa es suficiente para acreditar que se ha puesto a su disposición la indemnización de 20 días.
02/11/2010 10:47
es conveniente depositarlo.
02/11/2010 11:15
depositarlo o ingresarlo en la cuenta del trabajador inmediatamente.
02/11/2010 13:53
Si el despido es improcedente tienes un plazo creo que es de 4 dias para depositarlo en el juzgado y evitar que transcurrar los salarios de tramitacion.
De lo contrario es procedente le enviaria una copia de la carta via telegrama / burofax no depositar en el juzgado hasta que os llegue el smac
02/11/2010 14:01
Yo creo que son 48 horas para depositarlo en la cuenta del juzgado, para que no corran salarios de tramitación.
Deberá comunicarlo por escrito al trabajador.
Saludos
02/11/2010 15:01
¿Que tipo de despido ha sido?, si como creo ha sido por causas objetivas, debeis ingresarlo en su cuenta cuanto antes.
SALUDOS.
02/11/2010 16:20
El Despido es por causas objetivas, no tenemos intención de reconocer la improcedencia.
Le he dicho que voy a esperar hasta el jueves y que si no se lo ingresaré en el Juzgado.
Pero tal y como me estaís aconsejando creo que mañana le haré una transferencia a su cuenta.
02/11/2010 16:22
La carta de despido la han firmado los dos miembros del comité de empresa.?????

o con los testigos miembros del comite de empresa es suficiente para acreditar que se ha puesto a su disposición la indemnización de 20 días.

Casi como que leyendo ciertas cosas, me da ganas de vomitar encima de algunos.

¿pero a quien representan los del comité, a los trabajadores o a la empresa?

Para tener como representantes de los trabajadores a ciertos tipo de pelotas, mejor no tener a nadie.




02/11/2010 17:30
Bueno, Ken, vomita lo que quieras, pero si la empresa le ha puesto a su disposición el cheque en el momento de la entrega de la carta de despido, y los miembros del comité de empresa son testigos, lo único que han hecho ha sido cumplir con su deber.
02/11/2010 18:26
El Comité de Empresa está para asesorar al trabajador que tiene derecho a que esten presentes sus representantes, y tiene derecho a no firmar, firmar no conforme o que firmen 2 testigos.

Si los testigos son del Comité de Empresa, entiendo que se hace con plenas garantías, tanto para el trabajador como para la empresa.

Tal y como ha dicho pagog los miembros del Comité se limitan a dar fe de que a un trabajador se le entrega una carta y un cheque, eso no significan que aprueben el despido en si.

02/11/2010 19:14
Si el trabajador se niega, sus razones tendrá, a firmar la carta de despido, lo que no deben hacer los miembros del comité, es firmarla por el, y ser complices de la empresa, figurando como testigos, que el trabajador se negó a firmarla.
No me estraña que en este pais los sindicatos esten perdiendo toda su credibilidad.

02/11/2010 19:39
Ken yo creo que Sorbona tiene razon ,el comite esta para asesorar al trtabajador,en este caso to me imagino que la empresa le habra comunicado al comite por escrito el despido del trabajador y el trabajador habra querido que este presente al gun miembro del comite,si tu no estas conforme o firmas o no firmas,pero firmando lo que tu estas haciendo es que has recibido la carta y al lado pones no conforme y a demandar,el comite lo unico que ha hecho es firmar como testigo que se niega a firmar todo legal y ademas cumple con su obligacion,la empresa con esa carta que es valida en 48 horas deposita el importe ocheque en el Juzgado de lo social y a esperar,yo creo que Pivot no se ha hecho ningun favor al no firmar que esta en su derecho de acuerdo,pero si firma no pasa nada no esta conforme,incluso creo que puede cobrar y luego demandar y luego se decidira en un juicio,los despidos son muy traumaticos para todos
y con esta reforma mas(no te irrites Ken)
02/11/2010 21:32
Bueno, si la empresa le ha despedido, y como dice Ken, le han "apoyado", los miembros del comite de empresa (que no tienen por qué pertenecer a ningún sindicato), seguramente sus razones tendrá.
Esa retórica de "pobrecito trabajador" esta muy vista.
SALUDOS.
03/11/2010 07:26
El comité también tiene unos deberes y obligaciones.

Han de velar porque se respeten los derechos del trabajador. Y si en este caso se ha hecho todo correctamente, no veo que sea "peloteo" o "traición a sus compañeros" dar fé de ello.

El comité no despide nunca, despide la empresa.
03/11/2010 09:22
Bueno, por el tenor de muchas de suis intervensione,s yo no descarto que simplemente Ken sea un troll (o de lo contrario, simplemente su fanatismo le pierde).

Evidentemente, en este caso entiendo que los miembros del comité se han limitado a firmar como testigos del intento de comunicar el despido al trabajador. No hay nada raro, ilegitimo ni nada por el estilo en ello. No están con ello autorizando el despido. Simplemente dan fé del intento de entrega ante el rechazo por parte del trabajador a firmarlo. Y es que firmar el comunicado de despido no supone que se está de acuerdo con el mismo, simplemente acredita que se ha comunicado, y luego el trabajador puede perfectamente impugnarlo. El haber firmado el comunicado o que que , en su lugar, lo hayan firmado dos testigos nada cambia en ese sentido.
Por favor, no confundamos la velocidad con el tocino.

Eso sí, creo que en algunas imtervenciones hay tambien cierta confusión. Algunos hablan de consignar, de plazo de 48 horas, etc, Creo que se están confundiendo con el reconocimiento de improcedencia y la puesta a disposición de la indemnización del despido improcedente (45 o 33 días, según el caso, menos los 20 dias que, en el caso de que se tratara de un despido objetivo, se supone la empresa ya puso a su disposición en el momento de comunicarlo).

En este sentido, si se trata del propio comunicado de despido objetivo (no del reconocimiento de improcedencia, que, además, parece que la empresa no se plantea realizar), la indemnizacion de 20 dias años hay que abonarla en el momento del comunicarlo (con el preaviso de 30 dias, etc,) y si el trabajador la rechaza, deberá abonarla en su cuenta. Aquí, en principio, no cabe el mecanismo de consignar.

No confundamos el tipo de despido y fase del mismo

Saludos