Si un trabajador de 60 años, que lleva 40 años cotizados, su empresa lo despide por razones objetivas, supongo que ese despido será declarado improcedente. ¿Pero qué salidas le quedan a ese trabajador, que ya casi seguro no encontrará otro trabajo?
¿Durante cuánto tiempo le corresponde cobrar el desempleo? ¿Podrá acogerse a algún tipo de jubilación anticipada o tendrá que esperar a cumplir los 65 años? Gracias a quien pueda informar de manera fidedigna. No es mi caso. Yo hago la consulta en su nombre, pues él está bloqueado?
Un juez será el que diga si es improcedente o no, ya que si de verdad hay causas objetivas (entiendo que por causas objetivas te refieres a causas económicas, técnicas, organizativas o de producción)...
Tendrá derecho a desempleo, por lo que dices no ha cobrado nunca el desempleo, con lo que tendrá el máximo que son 720 dias (2 años)
Y cuando lo agote, podrá solicitar la jubilación anticipada (sino encontrase trabajo)
Gracias, Marilo. Pero, como será casi imposible que con 62 años, encuentre trabajo, después de cotizar 40 años, le quedará una pensión muy pequeña..No hay otra salida algo mejor?
Una vez agotada la prestación contributiva puede pedir el subsidio para mayores de 52 años. Este subsidio dura hasta que se jubile y cotiza a desempleo el 125% del tope mínimo de la base de cotización. A su vez, si le interesa, puede suscribir un Convenio Especial con la Seguridad Social.
Es lamentable la DOBLE EXIGENCIA de la Seguridad Social de 35 años mínimos cotizados y 65 años de edad, para percibir el 100% de la jubilación.
Por otro lado, se dan prestaciones a gente que ni siquiera han trabajado ni cotizado.
Ejemplo:
Madre soltera que no trabaja ni ha trabajado nunca. Si está matriculada en algún estudio, percibe 600 € mensuales, incluso en Julio y Agosto que no hay clases.
Manda h........... Pais.
El Convenio Especial se lo pueden denegar por algún motivo o forzosamente está obligada la S.Social a concedérselo? Tiene ese posible Convenio alguna limitacion de tiempo, es decir, puede suscribirlo hasta que cumpla los 65 años?
Por otra parte, no entiendo bien eso de que el subsidio "cotiza a desempleo el 125% del tope mínimo de la base de cotización"(qué importe supone esa base?). Hago las preguntas porque el interesado entiende casi tan poco como yo de este tema. Gracias