Hola, tengo una duda, mi amiga ha deslindado su terreno, tiene el plano visado del deslinde del arquitecto, y tambien una acta del deslinde del notario. ¿Tiene mi amiga que registrar esta acta en el registro de la propiedad o en el catastro. Agradeceria qualquier informacion sobre ese tema,para poder ayudar a mi amiga, gracias
Hola peritoagm,
no, los vecinos no estaban presentes, ni el VºBº . Peró supongo si el notario ha firmado la acta de presencia, todo estaría en orden, lo que sé (es que ahora en este momento que te scrivo mi amiga no está presente) es si que estaba presente el Arquitecto y le ha indicado lo que el ha deslindado. !!¿¿Mi pregunta era solamente si mi amiga tiene que registrar esa acta notarial en algún sitio !!??
Su amiga no ha hecho un deslinde ha hecho una medicion topografica para conocer o confirmar la superficie de su propiedad de acuerdo a sus documentos de propiedad.
Si no hubo presencia de los lindantes,la inscripcion en el registro de la propiedad no sirve mientras no venga confirmada por un acta de deslinde judicial ( en caso de litigios por lindes). Ver la LEC .
Gracias!! peritoagm,
1º correcto, medicion topografica,hemos leído lo de topografos net, ahora sabemos algo mas sobre mediciones etc.
2º Acta de deslindes judicial: debe mi amiga todavia ir a solicitar una acta de deslindes judicial? ( despues de la acta de presencia del notario).
Se solicita la acta directamente al Juzgado?