Hola,
mi duda es la siguiente:
Mi cliente tiene una finca rústica y firmo ante notario un acuerdo con sus vecinos, la constitución de una servidumbre, de la cual es predio sirviente junto con otro colindante. Dicha servidumbre esta inscrita en el registro.
La cuestion es que el otro predio colindante no ha vallado su finca y no ha respetado el 1.5m de servidumbre que le corresponden a él, por lo que la totalidad de la misma (3m) transcurre por la finca de mi cliente. Corresponde mitad cada uno.
A parte mi cliento a vallado su finca dejando 3 metros para camino y no 1.5, tal y como esta inscrito en el registro.
Ahora quiere recuperar el 1.5m y quiere que su vecino retroceda la valla y respecto lo pactado.
¿Es suficiente con ejecutar el acuerdo firmado entre los colindantes? En dicho acuerdo ante notario se especifica la cabida de cada finca y lugar concreto por donde transcurre la servidumbre.
Además quiere interponer deslinde respecto de otros colindantes.
¿Es buena opción solicitar deslinde de toda la finca y después la ejecución del acuerdo?
Por favor si alguien me puede dar un poco de luz...
Muchas gracias.