Buenas,
me ha surgido una duda con respecto a la procedencia o no de que se lleve a cabo el procedimiento de amojonamiento de un monte publico en el caso en que, una vez aprobada la resolucion aprobatoria del mismo, esta no devenga firme por el hecho de haberse interpuesto contra la misma un recurso de reposicion.
Se que en principio y en base a la ley 30/92 la interposicion de un recurso no supone la suspension de la ejecucion del acto impugnado, a no ser que una disposicion diga lo contrario.
Pero en este sentido la legislacion forestal andaluza (que es la que procede en mi caso) dice que "firme en via administrativa el acuerdo aprobatorio de deslinde, se procedera al amojonamiento del monte"
por loque se deduce que hasta que no se resuelva el recurso no hay nada que hacer....
a priori parece muy claro, pero mi pregunta es , si alguien conoce algun caso, alguna sentencia en la que se estime la procedencia de la ejecucion del amojonamiento sin que se haya resuelto los recursos de reposicion al acuerdo, basandose por ejemplo en los trabajos materiales previos o resolviendo en su caso la procedencia de rectificar el amojonamiento una vez resuelto el recurso si este es favorable, cosa que sucede por ejemplo cuando se plantea un recurso contencioso sobre lo mismo.