Es mi intención desistir como arrendatario (persona física pues soy autónomo) de un local con contrato vigente formalizado en 1974. Mis dudas son las siguientes:
- ¿Qué L.A.U. se aplica a mi contrato?
- ¿Cuál es el plazo mínimo del pre-aviso al arrendador?
- La fianza que entregué ascendía a 1 mes de la renta ¿Tiene que devolverme el importe equivalente a 1 mes de renta actual o es la misma cantidad que le entregué en 1974?
- ¿Puede exigirme después de casi 40 años que le abone la reforma del local para que quede como nuevo? ¿O no puede ya que estas reformas se deben realizar por el deterioro propio del paso del tiempo sobre el local?