Buenos días, mis inquilinos me avisan con una semana de que se van porque tienen problemas para pagarme. Las mensualidades se han ido retrasando 2 ó 3 días casi siempre.
En el contrato se especifica los 30 días de preaviso.(todavía no hemos quedado a ver el estado de mi casa)
Me temo que quieren no pagar la parte proporcional de la indemnización. Cumplirían los 3 años del contrato en 10 meses.
Mis dudas: ¿tienen que firmar un acuerdo o contrato de salida de mi piso donde se aclare este hecho?.¿ Qué debo incluir en este documento? ¿ Y si hubieran dejado de pagar algún recibo de suministro?Están a su nombre porque lo especifiqué en el contrato...., pero no me fío que no paguen los últimos recibos y aunque sean ellos los que deban pagarlo.... y si me cortan el suministro por impago?
¿ Puedo quedarme con la fianza por si acaso han dejado algo a deber?
¿ Cómo recupero la fianza depositada en la comunidad de Madrid? Necesito un documento de desistimiento?
Gracias por vuestras respuestas
Los servicios hacen corte desde el día que tu hagas el cambio de titular, por lo que les cobrarán a la cuenta de los inquilinos hasta el día de cambio de titular. Si ellos te dan la llave el 15, por poner un ejemplo, tu haces el cambio de titularidad de los servicios el mismo 15 o el 16 y desde ese día te van a cobrar a ti y hasta ese día se lo cobran a los anteriores titulares. Siempre lo he hecho asi y nunca he tenido problema. El problema de servicios no pagados viene cuando el titular se mantiene durante el contrato a nombre del propietario.
1.- No existe obligación legal de firmar ningún documento a la salida, pero desde luego es más que recomendable.
2.- Si lo hacen debe incluir los desperfectos que observen, así como la mención de los meses de servicios que puedan deber (luz, agua, etcetera).
3.- Cuando dice que los recibos están a su nombre ¿a qué se refiere concretamente, a que ellos son los titulares del contrato o (como yo creo) que usted es el titular y los cobros se han a la cuenta de ellos?
4.- Antes de cortarle el suministro por impago la compañía le daría un aviso.
5.- Puede y debe quedarse con la fianza hasta que tenga claro cuanto valen, en su caso, las reparaciones que deban hacerse o las facturas que hayan quedado impagadas.
6.- En Madrid no lo sé, pero no lo creo porque lo más normal es que la gente se marche sin firmar nada de nada. En Andalucía desde luego no hace falta.
Perfecto. Gracias por la respuesta. Ellos son los titulares. Me temo que habrá desperfectos y por eso, pregunto lo de la fianza. ¿ Y para recuperar la fianza de la Comunidad de Madrid, tengo que justificar que se han ido?
En el punto 6 de la respuesta anterior está la respuesta: no lo sé porque no soy de Madrid, pero imagino que no hace falta justificarlo porque casi ningún inquilino firma nada cuando se va.
Ante todo: a enemigo que huye puente de plata. Si tienen problemas para pagar y se marchan voluntariamente eso es lo mejor que puede pasarle a usted.
Si los suministros están a nombre de ellos, usted limítese a hacer un cambio de titularidad cuando se vayan, la deuda -de existir- se quedará a nombre de ellos. Pero atención, algunas empresas suministradoras insisten mucho (incumpliendo la normativa) en intentar cobrar las deudas al titular posterior, dilatando los plazos de contratación o denegando el cambio si hay deudas. NO devuelva la fianza hasta liquidar todo. Y le han incumplido a usted el preaviso, lo que también puede usted descontar de la fianza.
Es conveniente firmar un documento de entrega de llaves que recoja los posibles desperfectos; por si no lo quisieran firmar obre así:
Primero active la función de geolocalización del teléfono móvil, así podrá demostrar en qué lugar y a qué hora hace las fotos.
Segundo acuda a la cita y avise por whatssapp: -"ya estoy aquí para recogerte las llaves"
Tercero recoja sus llaves, esta debe ser su prioridad, no se enfrente al inquilino ni discuta con él, recoja las llaves.
Cuarto: una vez que se haya ido el inquilino, haga fotos de todos los desperfectos y mándeselas al inquilino por whatssapp, cambie la cerradura.