Hace unos días me comunicaron un acto administrativo por derivación de responsabilidad solidaria por las deudas de una SL de la que fue administrador aunque no ejercí como tal realmente nunca. Se trataba de un negocio familiar y yo solo lo fui para quien realmente lo llevaba pudiera tener nómina como trabajador gerente. Lo cierto es que las deudas se corresponden con un Impuesto de Sociedades según dicen en Hacienda mal autoliquidado por quien lo presentó en mi nombre como Administrador. La cuestión es que he presentado una reclamación económico administrativa contra el acto de derivación de responsabilidad frente al importe de la deuda principal y frente a la sanción que conlleva y claro su importe. Ahora me dicen que por haber presentado este recurso automáticamente se me anula la rebaja del 30% del importe de la sanción que se me daba. Pensando las cosas y viendo la dificultad de ganar ese recurso me planteo desistir del mismo en lo referente al tema de la derivación de responsabilidad pero mantenerlo con respecto a la sanción. La cuestión es si con el desistimiento de la parte de la derivación y haciendo efectivo el importe resultante de la misma volvería a obtener la reducción del 30% del importe de la sanción aunque la sanción la continuaría recurriendo. De hecho todo está aún en periodo voluntario de pago. He leído que por desistir lo que ocurre es que se tiene como nunca puesto y entonces yo entiendo que debería volver a tener el descuento del 30% pero espero de vuestras respuestas porque no soy nada experto en temas legales. Os doy por anticipado las gracias.