Hola carmela. En primer lugar sería interesante que revisara su contrato de arrendamiento para ver si en éste si incluyó una cláusula de indemnización por desestimiento unilateral por parte del arrendatario.
Si no existe dicha cláusula usted tiene 2 opciones:
1) Traspasar el local de negocio.( art 32 lau 1994)
2) Negociar con su Arrendador una indemnización. Para ello habrá que tener en cuenta el plazo de duración inicialmente pactado, la probabilidad de un posterior alquiler del mismo en un plazo determinado con una renta inferior o superior a la que el arrendador venía percibiendo,ect..
entonces ¿legalmente no tengo derecho a rescindir el contrato, aunque sea pagando una indemnización en relación a los años de contrato que quedan por cumpir?
Gracias
Hola a todos. mi marido y yo llevamos un restaurante, firmando el año pasado un contrato por cinco años de alquiler del local comercial. resulta que las cosas no van como pensábamos, y nos gustaría saber si es posible rescindirlo de alguna manera, incluso aunque fuera procedente una indemnización al propietario