Procedimiento Abreviado, en las previas el imputado no ha designado procurador.
Tras finalizar la instrucción, se requiere para el nombramiento de letrado y de procurador, ¿el escrito lo firma el propio letrado, el imputado, o ambos?
Entiendo que una vez designado procurador y mantenido el letrado en el correspondiente escrito, es cuando se le da traslado al procurador de las actuaciones para formular escrito de defensa, en el plazo de diez días a partir de que se da dicho traslado, ¿no?