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deshederar alos hijos para beneficiar a una nieta solo

9 Comentarios
 
27/11/2014 08:05
Aquí se está tratando sobre la herencia de la abuela (la madre de la persona que consulta), que vive en Cartagena (Murcia).
El hecho de que la hija viva en Barcelona no hace que se aplique el derecho sucesorio catalán a su madre (salvo que fuera catalana, cosa que no se especifica)
Si fuera al contrario podría ser que sí, ya que uno tiene la vecindad civil catalana si sus padres son catalanes, hasta que por residir 10 años en otro lugar pasa a tener dicha vecindad. En caso de duda prevalece la vecindad civil del lugar de nacimiento.
27/11/2014 08:03
muchas gracias.no esta enferma esta mas sana que yo .para su entiero tiene un seguro desde el año 1960 que se caso por primera vez antes de enviudar .asi que creo esta suficientemente cubierta y deudas no tiene ya que no deve ni prestamos ni a avalado a nadie gracias ,por todo
26/11/2014 21:58
LA LEGÍTIMA EN EL DERECHO SUCESORIO CATALÁN El valor de la legítima es el equivalente a la cuarta parte del caudal hereditario (del que deben deducirse las deudas del causante, los gastos de su última enfermedad, los de su entierro o incineración y adicionarse las donaciones realizadas por el causante durante los diez años anteriores a su muerte) y su importe se reparte entre las personas legitimarias a partes iguales entre ellas
o se aque no es 1/3, como decis.
un saludo
26/11/2014 17:38
Pero ojo, tengan en cuenta que solo podrán impugnar el testamento, al fallecimiento de su madre.
26/11/2014 12:10
muchas gracias por todo
26/11/2014 11:56
Si tu falleces antes que tu madre, tu parte del 1/3 de legítima pasa a tus hijos.
Como dice iosat, tu abuela sólo le puede dejar a la nieta el 1/3 de libre disposición y el otro 1/3 de mejora.
26/11/2014 11:18
gracias .eso era lo que me imajinaba pero me dicen que no es berdad.por que quieren que todo sea para la chica asi como es menor todo lo llevaria mi hermana en caso que yo faltara antes que mi madre .mi parte les perteneceria amis hijos .
26/11/2014 11:14
Los hijos tienen derecho a la legítima (1/3). La mejora el testador se la puede asignar a cualquiera de sus descendientes, y la nieta es una de sus descendientes.
26/11/2014 09:32
Los hijos tienen derecho a la legítima (2/3 partes del caudal hereditario, 1/3 legítima forzosa y 1/3 mejora).
Deshederar alos hijos para beneficiar a una nieta solo
26/11/2014 08:52
hola yo vivo en barcelona mi madre y resto de hermanos viven en cartagena.mi madre a echo testamento a favor de una nieta la hija mayor de mi hermana pequeña le deja el piso y todo los ahorros y vienes que tenga.los hijos tenemos algun derecho .o si a testado a favor de esa nieta dejando fuera alos hijos y demas nietos ya que es viuda no tenemos ningun derecho gracias