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deshaucio.inquilino no paga

4 Comentarios
 
Deshaucio.inquilino no paga
30/01/2005 20:27
Hola mis padres tienen un gran problema alquilaron un piso a una familia y bueno el contrato era de un año y ñuego prorrogable a 5 se terminaba el pasado mes de octubre y resulta que ademas de no abandonar el piso llevan sin pagar desde dicho mes no sabemos que hacer para que se vayan hemos intentado hacerlo por las buenas dialoigando pero e simposible y por la via ñegal nos han dicho que tarda bastante el problema es que este piso es de mi hermano que esta en australia y con el alquiñer se esta pagando al hipoteca con lo cual el piso vamos aperderlo .Mi padres estan depresivos porque estos inquilinos se aprovechan de su bondad y yo nose que hacer necesito ayuda por favor.

Nos han dicho algo del burofax .

muchas gracias.
30/01/2005 22:24
no soy profesional pero visto tu caso he buscado informacion para ti:1. El arrendador debe presentar la demanda en el Juzgado al que pertenezca la vivienda. En ella se deben especificar las pretensiones, aunque no es obligatorio incluir razonamientos jurídicos ni las bases legales.

2. Dentro de los seis días siguientes, el Juez citará al demandado para la celebración del juicio verbal para el que no será necesario contar con los servicios de un abogado, sino que los interesados podrán defenderse a sí mismos si así lo desean.

3. En el juicio, el demandante tiene que explicar los motivos que le han llevado a interponer la demanda y las pruebas que presenta. Posteriormente, el demandado, si lo desea, podrá alegar lo que considere conveniente en su defensa.

4. El juez deberá dictar sentencia en el plazo de los tres días siguientes de la celebración del juicio o, en caso necesario, cuando se realicen las pruebas que no podrán exceder de doce días.

5. Si el juez considera suficiente el motivo presentado por el demandante para desahuciar al inquilino, le comunicará a éste que dispone de un plazo de ocho días para abandonar voluntariamente la vivienda que ocupa y que en caso de no hacerlo, se procederá por la autoridad a echarle de la misma.


6. El propietario de la casa, una vez que se conozca la sentencia puede solicitar al juez que ordene el embargo preventivo de los bienes del inquilino para cubrir el importe que deba por los pagos de alquiler no abonados o cualquier otra cuestión pendiente de pago, así como las costas del juicio.
30/01/2005 22:55
Deberiais de haberle notificado de forma fehaciente (lo mejor es un burofax, cierto) que no queríais renovar el contrato.... pero esto lo tendriais que haber hecho en Septiembre. Ahora, aqunque no paguen, en la práctica disponen de tres años más de contrato (hasta octubre del 2007), y esto si en el momento portuno les comunicais la resolución del contrato.

Si no pagan, les ponéis una demanda de deshaucio, como dice vivaruss. En tal caso, tendrán que elegir entre pagar o irse a la fuerza. Pueden enervarla pagando en el último momento, pero a la próxima que dejen de pagar ya no podrán vlver a hacerlo.
05/02/2005 20:04
Comparto plenamente la opinión de Espe_ranza. Además informarte que los plazos indicados por vivaruss (cuya exposición es también muy ilustrativa) no se cumplen en la realidad. De todos modos no lo penséis mas, no es para deprimirse: interponer demanda. Mientras que lo pensáis estais perdiendo tiempo y dinero.
06/02/2005 20:03
ya se que no se cumplen. Aqui solo secumple apie juntilla las multas para pagar