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deshaucio por falta de pago

3 Comentarios
 
Deshaucio por falta de pago
03/06/2006 09:01
alquiler de vivienda anterior al 85.
inqulino se ha ido a un asilo.
no ha entregado llaves.

¿puedo poner demanda de deshaucio por impago de rentas sin especificar cantidad con condonación de la deuda (es insolvente) y por no habitar la vivienda conjuntamente?

Gracias.


perfil Jan
05/06/2006 16:54
Hola candel. Si usted puede demostrar ambos hechos es legalmente viable la acumulación de ambas acciones. Otra opcíón es la siguiente: Una pretensión como principal( mpago de rentas) y otra Subsidiaria( no habitar la vivienda) o viceversa.

Salvo mejor criterio.Un saludo.
05/06/2006 17:51
De acuerdo con el Sr. Jan; sin embargo creo conveniente especificar, la cantidad, aunque haya condonación, necesidad que viene dada para la cuantía de la demanda.

Salvo mejor opinión.
perfil Jan
06/06/2006 11:14
Hola.Gracias Sr catón por ampliar mi respuesta.Se me había olvidado el detalle de la cantidad.

Reciba un cordial saludo.