El desahucio es el procedimiento para dejar la vivienda libre de inquilinos, pero para eso previamente hay que efectuar lo que se denomina el lanzamiento y los dos se realizan en unidad de acto, siempre que se hayan solicitado al Juez.
Otra cosa es lo que menciona la LEC respecto del desahucio en el art. 704-1º menciona que si la vivienda es la habitual del desahuciado se le dará el plazo de un mes prorrogable por otro.
Hola, próximamente recuperaré mi vivienda por un deshaucio, aunque me consta que los inquilinos van a estar dentro el día del deshaucio.
Me dice mi abogado que si la comisión judicial ve que hay gente dentro podrían retrasar el deshaucio y posponerlo para otro día.
A mí me parece extraño, el deshaucio es para eso, para recuperar mi propiedad, si no se han ido es porque no han querido.
¿Os ha pasado algún caso parecido?