hola a tod@s;
tengo que desahuciar por falta de pago. La inquilina fue avalada. ¿Tengo que interponer el desahucio frente a la inquilina y por las cantidades debidas, debo incluir subsidiariamente al avalista?. ¿ Son dos procesos distintos?.
Gracias
A la citada inquilina la desahucie hace unos meses por falta de pago Se decretó el desahucio frente a ella y justo unos dias antes del lanzamiento pago a mi cliente mas todos los gastos.
Desistimos y celebramos con ella un nuevo contrato de arrendamiento, esta vez por temporada. A vuelto a no pagr, En este caso, ¿Tiene derecho a enervar o ya no lo diene al decretarse el desahucio anterior?
Y en segundo lugar, en el nuevo contrato un familiar la avalo en caso de falta de pago. Ahora al interponer el desahucio, ¿debo dirigirme frente a ambos o he de esperarme al momento de la ejecucion para que en el caso de que ella carezca de bienes dirigirme subsidiariamente frente al avalista?.