Lamentablemente en Cantabria no hay vigentes exenciones en las donaciones.
Mis padres dicen que mi hermano done las partes correspondientes a cada hermano excepto la suya, dejándoles a ellos como usufructuarios.
De esta forma el día de mañana no habría que pagar otra vez para poner la vivienda a nombre de todos los hijos por el testamento.
Hola triston veo que estas en todas las salsas. bueno creo que en lugar revertir lo que habria que hacer es otra donacion de hijos a padres, en Madrid y otras CCAA esta exento de impuestos.
Lo que ahora expongo es más lioso, pero para no extenderme voy al grano:
Nuestros padres donaron hace 5 años a uno de nuestros hermanos la vivienda de la familia.
Se tuvo que hacer así para que un banco no pudiera embargar la vivienda a nuestros padres.
Ahora pasado el tiempo y después de haber arreglado el tema con el banco, todos queremos que la vivienda esté a nombre de nuestros padres como antes.
Como ya pagamos un pastón a Hacienda en su día por la Donación, no queremos pagar ahora otro pastón por hacer lo mismo.
Me gustaría saber si existe alguna "fórmula" en contrato privado ante Notario o como sea para evitar tanto gasto, o si es posible (imagino que no) hacer una retrocesión (anulación) de la anterior Donación para que la vivienda vuelva a estar a nombre de nuestros padres.