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desgravar por hijo todo o parte del año en caso de divorcio

3 Comentarios
 
Desgravar por hijo todo o parte del año en caso de divorcio
11/04/2011 14:17
Hola.
Me divorcie a mediados del año pasado y tenemos una hija en común cuya custodia la tiene la madre. ¿En la desgravación por hijos tengo que poner la cuantia total o la mitad?
11/04/2011 16:53

Uno de los requisitos que establece la ley para aplicar el mínimo por descendientes es que éste conviva con el contribuyente.

En los supuestos de separación legal la deducción corresponde a quien tiene atribuida la guarda y custodia de los hijos en la fecha del devengo del impuesto (31 de diciembre) por ser ésta la persona con la que los descendientes conviven. En tu caso, le corresponde la cuantía total a la madre.

Solo en los casos en que la guarda y custodia es compartida se puede prorratear entre ambos padres la deducción por hijos, siempre que éstos no tengan rentas propias.

Un saludo.
11/04/2011 18:16

Al hilo de lo que pregunta alatraqueee, ¿se consideran rentas propias del menor las cuantías percibidas por éste en concepto de pensión de alimentos?

Entiendo que no, que ya se lo desgrava el no custodio en su renta, pero no sé si a partir de una determinada cuantía es así o no (8.000 euros).

Muchas gracias y un saludo.
11/04/2011 19:09

Las anualidades por alimentos percibidas de los padres en virtud de decisión judicial están exentas, por tanto, no constituyen rentas propias.

Un saludo.