Hola.
Me divorcie a mediados del año pasado y tenemos una hija en común cuya custodia la tiene la madre. ¿En la desgravación por hijos tengo que poner la cuantia total o la mitad?
Uno de los requisitos que establece la ley para aplicar el mínimo por descendientes es que éste conviva con el contribuyente.
En los supuestos de separación legal la deducción corresponde a quien tiene atribuida la guarda y custodia de los hijos en la fecha del devengo del impuesto (31 de diciembre) por ser ésta la persona con la que los descendientes conviven. En tu caso, le corresponde la cuantía total a la madre.
Solo en los casos en que la guarda y custodia es compartida se puede prorratear entre ambos padres la deducción por hijos, siempre que éstos no tengan rentas propias.