Quisiera saber si hago una declaración conjunta con mi esposa y sólo uno cumple los requisitos para desgravar el alquiler de un piso, lo podemos desgravar en la declaración de la renta?
Hola,
al final me informé y me dijeron que lo que tenía que hacer era enviar un fax con el contrato, al IVIMA.
En él tenía que pedir que se revisara si estaba la parte de la fianza en regla por parte del casero.
El IVIMA, una vez compruebe que no es así, citará al casero y le sancionará.
He llamado al casero para contarle esto, y sabes lo que me ha dicho : "ni tú ni 30 como tú me van a decir lo que tengo que hacer. No pienso ir al IVIMA a nada y no quiero que me vuelvas a llamar."
Así que ya no me queda otra opción....supongo que sabrá de mí desde el IVIMA.
A ver, la dirección fiscal para que te desgrave tiene que ser en la que has vivido hasta mayo, supongo que es así!
De todas formas en tu caso deberías preguntarlo porque supongo que te desgrava el alquiler de todos el año independientemente de la dirección.....debe haber una manera...si llamas al 901335533 te informan muy bien!
siento no poder darte más datos!
Un saludo!
Muuchas gracias.
El problema es que he vivido en alquiler todo el 2007 y hasta el 31 de Mayo del 2008. Por lo que ahora mismo ya no vivo allí.
Tengo que cambiar me domicilio fiscal de todas formas?
Y el proximo año 2009, cuando quiera desgravar lo meses del 2008 que he vivido en alquiler (enero-mayo) mi domicilio fiscal debe ser el de esa vivienda?
De todas maneras, una cosa que se me olvido, si se te cumplen todas estas condiciones, debes cambiar el domicilio fiscal a donde vives habitualemte de alquiler para que el año que viene te desgrave, sino aparecerá como que vives en otra comunidad autónoma y por lo tanto no tendrás derecho a nada.
Espero que te sirva!
Un saludo!
Para desgravar el alquiler que pagas en la declaración de la Renta, en la Comunidad de Madrid, son necesarios los siguientes requisitos:
1. Tener menos de 35 años.
2. Ingresar en total menos de 22.000 euros brutos al año.
3. Que esté a tu nombre el contrato del arrendamiento.
4. Que el arrendador haya ingresado el importe de la fianza del arrendamiento en el IVIMA.
5. Que se puedan justificar mediante recibos los pagos de la renta.
Si es así, deducirás el 20% de lo que hayas pagado de alquiler durante 2007.
Hola Oliviagut, en mi caso me pasó lo mismo, y por lo que me contaron si tu casero no ha depositado la fianza, lo máximo que puede pasar es que lo tricen si no tiene declarado el piso y lo sancionen, pero en cualquier caso tu puedes incluir en tu declaración el hecho de que estás de alquiler, con la referencia catastral de tu casa, siempre y cuando sea tu vivienda habitual y sea la que conste como tu domicilio fiscal en los datos de hacienda.
Yo tuve que cambiarla a Madrid que es donde resido ahora, y el caso es que realmente despues de dar este paso, no me supieron explicar bien si esto iba a deducir en mi próxima declaración o no, ya que parece ser que va por comunidades....
Espero que te sirva de algo...:)
Un saludo!
Hola,
yo tengo un par de dudas a la hora de declarar que vives en alquiler.
Si cuando se firmó el contrato no se pidió fianza, se puede desgravar? o es necesario haber acordado la fianza.
Por otro lado, si el casero no ha ido al IVIMA para declarar la fianza, ¿cuánto tiempo tardaría en hacerse ese trámite?podría yo, inquilina de su piso, tener la oportunidad de desgravarlo o se tarda tiempo y ya no me daría tiempo??