Hola a todos
Me gustaría saber qué cosas son las que desgravan a la hora de hacer la declaración de la renta y cuáles no. Mi duda surgió a raíz de que estos días he asistido a sesiones de acupultura y quisiera saber si haciendo las facturas a nombre de mi padre éste podría beneficiarse de la desgravación a la hora de realizar la declaración de la renta.
Un saludo
Si su padre ejerce una actividad empresarial o profesional, se puede entender que es un gasto más del ejercicio. Pero si como creo que es su caso, es una persona "normal" , desde hace 5 o 6 años creo recordar, que se quitó esa deducción de gastos por enfermedad. Se sustituyó por el minimo personal que va en función de la edad del contribuyente.
Gracias Munitis
Yo soy universitario y mi padre es propietario de un bar ¿podría entonces desgravar?
Sólo una cuestión más: para otra vez ¿hay alguna ley que hable de estas desgravaciones, algún listado de ellas o algo similar?...he de decir que mi torpeza en estos temas se debe a que estudio Químicas y las leyes no son mi fuerte.
Si es propietario, y trabaja en el, se puede meter como gasto de la actividad, es decir, si su padre está en estimación directa en el modelo 130 deberá meter esas cantidades como gasto de la actividad. Ahora bien, si está en estimación objetiva (modulos) no lo podrá deducir.
Yo creo al filo de lo comentado por munitis y salvo mejor criterio, creo que no tiene nada que ver
el Regimen por el que tributa "manu" yo creo que en cualquiera de los dos casos, no seria desgravable de la actividad normal del negocio, la causa entiendo que es gasto que no afecta para nada el normal desarrollo de la actividad.
Discrepo compañero, si hubiera estado en estimación directa, se podría considerar un gasto más del ejercicio, dado que ese gasto es generador de ingresos, puesto que de no realizarse el sujeto pasivo podría estar de baja y no generar ingreso alguno. Lo mismo ocurre con unas gafas para ver mejor por poner otro ejemplo.