Buenos días.
En Julio de 2010 compré una casa de 30 años de antigüedad y que se encontraba en bastante mal estado. En ese momento accedí a la Ayuda que me daban (por ser menor de 35 años, soltero, vivienda habitual, ...). En vez de pagar unos 8000 euros al escriturarlo, únicamente tuve que pagar unos 4000
Aunque desde un primer momento di de alta la luz, agua, pagos de comunidad, ... no he ido a vivir allí, porque desde entonces he estado de reformas.
Ahora Hacienda me ha investigado y me reclama que devuelva unos 4000 euros más intereses de demora, por no ser ese mi domicilio habitual.
Me he leído la ley y dice que para acceder a esa ayuda, tendría que haber residido en esa vivienda en los doce siguientes meses a la adquisición de la vivienda. Por tanto no cumpliría el requisito. Pero viendo las excepciones encuentro que también podría ser legal la ayuda que recibí si demuestro que no me he ido hasta la finalización de las obras de remodelación que he hecho. ¿Esto es así? Podría justificar que no me he podido ir a mi casa porque la vivienda estaba en muy malas condiciones y he tenido que hacer obras (que es la verdad). Y que si han tardado tanto tiempo es porque mi economía no me permite hacerlo con mayor celeridad? Estoy bastante agobiado con el tema.
Gracias por vuestras respuestas y saludo a todos