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Desgravación por compra vivienda

6 Comentarios
 
Desgravación por compra vivienda
perfil pez
14/11/2004 18:23
Voy a comprar el martes un piso a estrenar a un comprador que me pide todo lo que el ha pagado a la promotora mas una cantidad en dinero negro. En el momento en el que yo le de el dinero negro mas lo que el ha pagado a la promotora el piso pasara a ser de mi propiedad, pero mi duda es si el dinero que el a pagado a la promotora hasta ahora (unos 3 millones de pesetas) yo cuando se los page puedo declararlos a hacienda para que me desgrabe en mi proxima declaracion de la renta. Sabeis algo???
14/11/2004 19:56
Hola. Esos tres millones de pesetas los puedes deducir como vivienda habitual siempre que la operación se haga correctamente. Lo que te está transmitiendo el vendedor no es la propiedad del inmueble, sino el derecho a adquirirlo, y esto está considerado por hacienda, cuando se realiza de particular a particular como una prestación de servicios sujeta a itp. Es decir, esos tres millones de pesetas los tienes que declarar y liquidar el 7% de ITP. Para el vendedor constituirá una prestación de servicios a declarar en su renta. El gasto será el dinero que el haya desembolsado y el ingreso el que te cobre a ti.
Cuando el promotor-constructor escriture a tu nombre, o a partir de que tu tengas el derecho de adquisición y vayas pagando cuotas, te irán cobrando el IVA de la parte que no estaba desembolsada y te toca pagar a ti.
Un saludo.
perfil pez
14/11/2004 22:06
Pero en la promotora me dijeron que cuando hagamos el martes la operacion y les entregue el dinero se rompera el contrato de arras que hicimos hace unos meses entre el comprador y yo, y ellos pondran las cuotas a mi nombre desde el primer dia, como si yo hubiera tenido el dereho sobre la vivienda desde el principio. Es eso posible??? Que creeis que es lo que mas me conviene a mi como comprador???? Gracias y un saludo
15/11/2004 08:52
Tendría que desaparecer cualquier documento que demostrase que había derechos a favor del anterior comprador. Por otro lado, habría que falsificar documentos que justificasen que tu adquiriste ese piso desde el principio.
Qué fecha van a poner a los recibos de pago y al contrato de compraventa?? Si le ponen fecha antigua no podrás deducir esas cantidades a no ser que hagas un petición expresa a hacienda a través de una devolución de ingresos indebidos, o algo así.

En fin.... lo que dices es posible, e incluso no dudo que frecuente, pero es una chapuza y puede no salir bien.

Porqué no hacer las cosas bien y reflejar en un contrato lo que REALMENTE se está haciendo??
A fecha actual fulanico 1 transmite su derecho a compra de tal inmueble a fulanico 2, renunciando a cualquier derecho adquirido anteriormente, etc, etc....

Ellos no pierden nada, y tu ganarás, por lo menos en tranquilidad.

De todas maneras, es dificil aconsejar en estos casos si no tienes a la vista toda la documentación.

Quizá sería conveniente que te gastases un poco de dinero en consejo profesional.

Un saludo
perfil pez
15/11/2004 18:18
Tienes razon, Leciñena. He hablado con la promotora y dicen que se hace como tu comentas. Solo me quedan dos dudas.
1- Crees que puedo meter todas las letras (unos 3 millones) en la declaracion de este año???
2-Acabo de vender mi piso para comprar este otro y creo que para que no te cobren impuestos tengo que reinvertir el dinero que saque por mi piso en otra vivienda, sin embargo no se puede escriturar hasta marzo, con lo cual solo podre demostrar que he reinvertido esos 3 millones pero no el resto que lo dare de entrada cuando escrituremos. Hay algun problema por eso???
Gracias por todo y saludos
16/11/2004 08:38
Hola, pez. Pues el limite por declaración para deducir son 9.000 euros, y eso siempre que los hayas ganado en este año, es decir, que no sean ahorros de años anteriores.
Si estás casado y haceis declaraciones individuales si que podréis meter 9000 euros cada uno.
Por lo otro no tienes problema. La ganancia patrimonial por venta de vivienda habitual está exenta si la reinviertes en la adquisición de una nueva vivienda habitual. Tienes un plazo de dos años para realizar la reinversión.
Un saludo
perfil pez
16/11/2004 19:58
El limite son 9000 euros por persona,no? Por que el piso lo compro con mi novia y hacemos declaraciones separadas. Por otro lado, el dinero que sacamos por la venta de nuestro piso actual y vamos a dar ahora para comprar el otro tambien nos deduce en la proxima declaracion??? Por que al habernos deducido ya en anteriores declaraciones a lo mejor ya no nos deduce otra vez.
Gracias y un saludo