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Desgravacion alquiler

7 Comentarios
 
Desgravacion alquiler
23/06/2005 12:27
Necesito saber con un poco de urgencia si tengo derecho a desgravacion del alquiler. Tengo un piso alquilado desde Agosto de 1997, el alquiler anual supera los 6000 €.
¿Puedo desgravarme el alquiler aunque sea el primer año que lo hago?
Muchas gracias
23/06/2005 12:30
Perdon, se me ha olvidado decir que la vivienda esta en Madrid.
23/06/2005 13:30
Se tendrá derecho a una deducción del 10 por 100 de las cantidades satisfechas en el año 2004 por el alquiler de la vivienda habitual, con el límite de 601,01 euros anuales, siempre y cuando se cumplan los siguientes REQUISITOS:


1) Que se trate de un contribuyente con derecho a la deducción por alquiler de vivienda habitual en el año 1998.



2) Que el contrato de alquiler sea anterior al 24 de abril de 1998 y se mantenga en el ejercicio 2004.



3) Que la suma de las partes general y especial de la renta del período impositivo, minorada en las reducciones por rendimientos del trabajo y por discapacidad de trabajadores activos, no sea superior a 21.035,42 euros en tributación individual o 30.050,61 euros en tributación conjunta.



4) Que las cantidades satisfechas en el año 2004 en concepto de alquiler excedan del 10 por 100 de los rendimientos netos del contribuyente.



El cumplimiento de los límites a que se refiere los apartados 3) y 4) anteriores, así como el limite máximo de deducción de 601,01 euros anuales, son aplicados y controlados por el programa.



Si se tiene derecho a esta compensación se deberá indicar adicionalmente el N.I.F. del arrendador de la vivienda habitual.
23/06/2005 13:33
Pues claro que puedes , pero debes reunir los requisitos que te envié antes, yo estoy en tu mismo caso pero con una renta mucho menor, me pude desgravar unos años, otros no, dos años más, y éste no puedo porque me paso con lo que cobro.
23/06/2005 14:15
Al hilo de esta cuestion, siempre he creido que la ley es totalmente injusta.
El que sobrepase sus retribuciones de una determinada cantidad no puede deducirse y el que no llega a esa cantidad si.
¿No seria mas justo un cuadro de deducciones en forma progresiva?.
Por ejemplo:
Hasta 15.000 € de ingreso anual deduce el 100%
De 15.000 a 20.000 deduce el 75%
De 20.000 a 25.000 deduce el 50%
etc.
Es una opinion. Esto podria extrapolarse a otras obligaciones.
24/06/2005 13:37
Muchisimas gracias.
Una ultima pregunta, como este año finaliza el contrato, si me hacen uno nuevo ¿el año que viene no puedo desgravarme?
Si me cambio a otro piso ¿tampoco podria desgravarme el año que viene el alquiler?
28/06/2005 11:09
Lexis, tú opinión está basado en un desconocimiento de la estructura básica de los impuestos y sobre todo de la estructura básica de la Hacienda pública en relación al poder de los impuestos para regular el mercado de la vivienda de alquiler
Si están así las leyes es para que el IRPF sea mucho más progresivo y se favorezca a las rentas más bajas y de paso no es encarezcan tanto las viviendas de alquiler. Lee alguno de los manuales de Corona o de Bustos y lo entenderás
28/06/2005 12:10
Lo unico que digo, es que por un solo euro de diferencia de los ingresos declarados, una persona puede desgravar todo el alquiler y otra no puede desgravar nada.
¿Os parece esto justo?.
Y una aclaracion, mi opinion solo esta basada exclusivamente en el sentido comun, no soy catedratico de economia y Hacienda publica.