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desgravacion alquiler/hipoteca

3 Comentarios
 
Desgravacion alquiler/hipoteca
08/02/2015 16:52
Buenos dias,

soy funcionario de carrera en bcn. mi mujer trabaja como laboral fija en tarragona. vivimos en tarragona en nuestro piso de hipotecado.
este ultimo año yo he estado en comision de servicio en tarragona pero en setiembre vuelvo a bcn. Nos vemos en la necesidad de irnos a vivir a bcn en setiembre.
El piso de tarragona por el que pagamos 800€ al mes de hipoteca lo alquilariamos por 450€ y viviriamos de alquiler por 550€ al mes en bcn.
Mi mujer si no encuentra trabajo en bcn tendra que dejar el que tiene y llegar a un acuerdo para poder almenos cobrar de paro.
con todo esto, nos plantean dudas:
-que podremos desgravar en hacienda del alquiler y hipoteca?
-nos tendrems que empadronar en bcn?

gracias.
08/02/2015 19:26
Una hipoteca sólo desgrava como medio de pago de la adquisición de la vivienda habitual, por lo que no podrían seguir deduciendo si ya no viven en ella. Y mucho menos, deducir a la vez por adquisicion y por alquiler.
08/02/2015 23:08
acabo de leer esto:

Tras la reforma fiscal a partir del uno de enero de 2015 tendrá que conformarse con el 50% de desgravación, independientemente de la edad del arrendatario.

Para los futuros nuevos inquilinos, la deducción por alquiler de vivienda ya no está equiparada con la de compra. El arrendatario puede deducirse un 10,05% de los importes con un máximo de 9.040 euros para rentas de hasta 17.707,20 euros anuales, y a partir de ese tope el porcentaje de deducción decrece. Y así sigue para los contratos firmados y por firmar antes del uno de enero que viene pero los nuevos inquilinos cuando hagan su declaración de la renta en 2016 si su contrato se firmó después del 1 de enero de 2015, no se podrán desgravar.
09/02/2015 13:39
Pues si se va usted de alquiler y no puede deducirselo, tampoco puede seguir deduciendo como adquisición de vivienda. Y lo que cobre del alquiler lo tiene que declarar como ingresos.