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Desestimado recurso en la dgrn contra auto consular de no inscripcion matrimonio

4 Comentarios
 
Desestimado recurso en la dgrn contra auto consular de no inscripcion matrimonio
05/03/2010 13:00
Nacional cubana casada con español en cuba el consul español en la habana deniega ka inscripcion de ese matrimonio se recurre ante la dgrn y vuelven a denegarlo, contra este auto no cabe recurso pero si en la via judicial. Necesito saber que procedimiento debo realizar si hay jurisprudencia del tema y donde puedo informarme para continuar
05/03/2010 13:36
Buenos días,

Pero cuál es el motivo de denegación? No llevo especialmente temas contenciosos pero te podría referir. Exactamente cuál es el motivo de denegación de la inscripción.

Saludos,

Maciel
Extranjería e Inmigración
massi1era@hotmail.com
05/03/2010 13:53
Disculpa tienes razon, el consul en la habana plantea que el matrimonio es de conveniencia por parte de la nacional cubana, (apreciacion de él) fue recurrido a la DGRN con fotografías y demostrado 3 años de relación de noviazgo por cartas, e-mail, visitas del español a Cuba, visados familaires otorgados por el cosnualdo cubano en barcleona y demás. Ratifica la DGRN el auto consular y dice que no cabe recurso alguno contra el dicho Auto solo en la vía judicial ordinaria. Y ésta ultima parte es la que no sé como proceder. Creo que no es contencioso sino por la vía civil, SOS SOS SOS
05/03/2010 21:58
Pues yo he pasado justamente por lo mismo, habiendo sido denegado y sabiendo que el Consul ( En la Habana hay tres consules en la Embajada de España), puede denegar sin motivar las causas, que en la mayoria de los casos lo hace para protejer al nacional, aconsejando un matrimonio con separación de bienes ya de entrada y por el resto de motivos credibles debido a la esperiencia en ese terreno, suelen denegar y no tienen obligación de motivar la negación, ahora bien no pudiendo pagar justos por pecadores; Cuando se realiza la entrevista consular para dar credito de dicha union, surgen una cantidad de preguntas que ponen a la esposa cubana en un malestar tal que en muchas ocasiones sale llorando de la rabia, si en esas preguntas en vivo a la esposa se le nota un malestar o vacilación en las respuestas, es entonces que el Sr. Consul toma la decision de no reconocer dicho matrimonio, pero la solucion esta en que el esposo nacional reguura en España la denegacion en un cabinete de abogados especializados en temas familiares como puede ser la reagrupacion familair y exijir que el matrimonio sea declarado en el plazo de un año en el registro central de Madrid, cosa que el Sr. Consul contra su pesar tiene el plazo de un año para tomar esa decision le guste o no le guste, entonces mi consejo es esperar un año despues de haber anunciado ante la Embajada la realizacion del matrimonio y rehacer la demanda que este sea escrito en el registro central de Madrd, a partir de hay es cuando se puede empezar la demanda de visado para entrar en España y no puede ser denegado, depues del año y en un viaje a Cuba le dieron el visado a mi esposa el mismo día que presente la demanda y se vino conmigo para España. Una vez en España la policia de Extranjeria nos visito por tres veces para recalcar toda informacion de saber si la pareja de hecho seguia en realidad y decir que el camino de los inspectores de policia es de lo más correcto pero muy predominante, luego al cabo de seis meses en España el siguiente paso ha sido de reclamar la ciudadania que suele llegar a los dos años y el segundo paso la nacionalidad que suele tener una espera de cuatro años por la lentitud de la administracion al parecer estan saturados de trabajo
05/03/2010 22:08
Perdon respecto a los tramites en España.
nada más llegar se pidio el permiso de residendia, se debe guardar el resguardo y a los seis meses se espera ha sido concedida al año más tarde se pidio la nacionalida española el tiempo de espera suele ser de dos años que tambien ha sido concedida