tengo unos clientes a los que les han desestimado una querella, por falta de tipicidad penal, y en el auto consideran la cuestion meramente civil.
La pregunta es: siendo un caso de incumplimiento de contrato, debo reseñar en la demanda que presentaré los pasos seguidos hasta el momento; es decir, que se presento querella y fue desestimada o lo omito? GRACIAS!!!