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Desempleo y Jubilación.

1 Comentarios
 
Desempleo y jubilación.
19/11/2015 20:54
Buenas tardes.
Agradecería me informaran de lo siguiente.
He cumplido 59 el pasado mes de octubre.
Estoy en situación de desempleo.
Tengo 37 años cotizados.
Cuando cumpla 61 años ¿tengo que jubilarme?, ¿qué otras opciones tengo?.
Muchas gracias.
20/11/2015 09:29
Por partes:

1.- El tiempo que estés cobrando la prestación por desempleo ("el paro") cotiza para la pensión con la misma base de cotización que tenías antes del despido.

2.- Una vez finalizada la prestación por desempleo, si no superas el tope de rentas de la Unidad Familiar puedes acceder al Subsidio para mayores de 55 años que cotiza por la base mínima. El resto de subsidios y ayudas NO cotizan.

3.- Antes de que pase un año desde la finalización de la prestación contributiva puedes suscribir un Convenio Especial con la Seguridad Social por el que abonando la cuota correspondiente puedes seguir cotizando por la base que desees (con algunas limitaciones).

4.- Para poder acceder a la Jubilación Anticipada Involuntaria debes haber sido despedido por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (artículos 51 y/o 52c) del Estatuto de los Trabajadores) puedes optar por la Jubilación Anticipada 4 años antes de tu edad legal de Jubilación. Tiene coeficientes reductores de la pensión por anticipo (que dependen de los años cotizados)

5.- Puedes acceder a la Jubilación Anticipada Voluntaria dos años antes de tu edad legal de Jubilación independientemente de la causa del despido (de hecho no hace falta ser despedido). También tiene coeficientes reductores de la pensión por anticipo (más altos que la Involuntaria).

6.- Para saber cuál es tu edad legal de jubilación (y por lo tanto tus edades de Jubilación Anticipada Involuntario o Voluntaria) debes mirar esta tabla pues dicha edad depende de los años cotizados y del año concreto de solicitud de la jubilación dado que hay un periodo transitorio de aplicación de la Reforma (RDL 27/2011).

http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Jubilacion/RegimenGeneral/Jubilacionordinaria/Requisitos/177422#6156