Que mas te da si no te conocemos ni nos vamos a chivar, pero encima no nos trates como tontos que al fin y al cabo te hemos dado respuesta a tu duda.
Osea que te despiden y no vas a reclamar porque no quieres rollos con abogados. Estas harto de ellos y les perdonas la indemnización que es mas tuya que el propio paro.
Mira Miguelito tururu, vas a dar mas paseos al INEM de lo que te ocuparia reclamar la indem. Tu lo que quieres es irte y que te arreglen el paro, como viene siendo la pregunta estrella de los foros de este tipo.
Para todos los suspicaces: no me voy, me echan. No quiero reclamar nada porque tengo otro trabajo y estoy tan harto que lo que quiero es olvidárme de ellos e irme de vacaciones tranquilamente, no quiero rollos con abogados ni conciliaciones ni ná de ná, sólo estar tranquilo. No quiero "trincar"nada que no sea mio, no voy a cometer ning´´un fraude. Tengo derecho a no impugnar el despido ¿no?.
C laro hombre, ya te han contestado. Solo teneis que hacer tu y la empresa lo necesario para perfeccionar el fraude al INEM.
Áquella reforma del PP sirvió para que el empresario se ahorrara salarios de tramitación y segusridad social, sin embargo contribuyo a facilitar este fraude.
Tranki miguelito, no necesitas demanar para trincar el parito
Yo no quiero reclamar, sólo quiero írme. Ya he encontrado trabajo, pero empiezo en Septiembre y tengo la duda de si podré cobrar el para este mes y pico. Gracias
Hombre, si reclamas contra el despido, no arregles los papeles del paro. Te digo esto porque si reclamas, puede ocurrir dos cosas: que te den la razón (en este caso la fecha de la reclacion laboral se extiende hasta el acto de conciliación, acuerdo o sentencia en defecto de todo lo anterio, con lo que tendrás más tiempo de antiguedad en la empresa y eso te vendrá mejor de cara al cobro de la prestación de desempleo) Si no te dan la razón, no hay problema porque podrás arreglar el paro a los 15 de la fecha de la sentencia. El problema está en que si lo arreglas, reclamas y la empresa se entera de que lo cobras porque solicite una vida laboral tuya, te tendrán que descontar lo percibido, porque no puedes cobrar dos veces.
Si, tienes derecho
El motivo por el que cobras el desempleo no es por la procedencia o inprocedencia del despido si no por que has sido tú o la empresa quien a puesto fin a la relación laboral
Lo verás con más detenimiento en el
art 208 de la Ley General De la Seguridad Social