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desempleo y comunidad bienes

6 Comentarios
 
21/12/2010 19:02
Pensaba que con una Comunidad de Bienes había que estar de alta como autónomo.

Como autónomo, como me imagino que sabes, no se puede cobrar el paro, pero tampoco se puede cobrar el paro aunque no se esté de autónomo pero se aparezca en algún lado que se ejerce una actividad, como es el caso del modelo 036. Modelo que se pide junto a la baja de autónomo cuando una persona quiere reanudar la prestación.

Por lo que he visto, si uno tiene un local o piso alquilado, a efectos de prestaciones por desempleo no le afecta. Le afecta en el caso de que esté cobrando un subsidio, pero para ver si cumple el requisito de rentas. Ahora bien, si te dicen que tienes que tener una comunidad de bienes...
21/12/2010 18:54
A jflconsulting
Yo pensaba también que con darse de alta en el modelo 036 bastaba pero en el teléfono de información de Hacienda me dijeron que tenía que constituir la comunidad de bienes. También me dijeron que como el uso que se iba a destinar era el de vivienda no había que practicar retención en la factura.
La pregunta ya la formulé en el foro tributario pero volveré a preguntarlo por si acaso.
Gracias
21/12/2010 17:35
Lo que me extraña es que siendo 2 propietarios les digan que tienen que constituir una comunidad de bienes con el coste que la misma tiene. Le debería bastar darse de alta en el modelo 036 de Hacienda, aplicar el IVA y sus correspondientes retenciones.
Consulte el foro tributario o acérquese a la delegación más cercana.

Salvo mejor criterio.
21/12/2010 15:40
Gracias por sus respuestas. He estado ésta mañana en el INEM y me dicen que es compatible por lo tanto puedo formar la comunidad de bienes y cobrar el desempleo.

Saludos
21/12/2010 13:27
Como te han comentado en la Seguridad Social, si no te vas a dedicar al alquiler, no estas realizando una actividad y no tendrías que darte de alta en Autonomos.
Entiendo por la misma razón, que te ha dado la Seguridad Social, que no realizas tu directamente la actividad, que no debes tener problema en el cobro del Desempleo.
Pero espero que si alguna persona, con más experiencía pueda aportar más claridad lo haga.
21/12/2010 12:37
Le aconsejo que publique su consulta en Derecho tributario.
Respecto de sus prestaciones por desempleo, antes de firmar ningún contrato de arrendamiento, haga la conculta en la oficina del Inem a la que pertenezca.
Desempleo y comunidad bienes
21/12/2010 09:38
Hola a todos
Mi novio y yo somos propietarios de una vivienda que vamos a alquilar a una empresa para que vivian allí sus empleados.
En Hacienda me han dicho que tenemos que constituir una comunidad de bienes para poder emitir las facturas de alquiler.
Yo estoy cobrando el desempleo y me gustaria saber si es incompatible con el hecho de formar la comunidad de bienes.
En la S.Social me han dicho que si no me voy a dedicar al alquiler de inmuebles no tengo que darme de alta de Autónomos. Vamos que el importe del alquiler va para pagar la hipoteca y ya está.
Bueno la pregunta es esa, puedo formar la comuinidad y cobrar el paro?
Gracias a todos