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Desempleo y abogados

1 Comentarios
 
08/11/2005 16:37
Como abogada ejerciente.¿ Entiendo por cuenta propia? Si es así no cotiza por desempleo, y por tanto no tiene derecho a prestación. La segunda relación es laboral. Sí tiene derecho a prestación si ha cotizado durante al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo.
Desempleo y abogados
08/11/2005 11:35
Hola a todos, mi pregunta es la siguiente: tengo una amiga que se ha dado de alta como abogada ejerciente actualmente esta trabajando en una empresa y el contrato se le acaba el 23 de este mes, tendría derecho al paro? Tiene acomulados casi dos años de paro porque ha trabajado anteriormente.
Muchas gracias