Por si a alguien le sirve de algo, tengo un auto de controversia en el ejercicio de la patria potestad, aqui dejo el resumen:
En Cerdanyola del Valles, 2012
Controversia en el ejercicio de la patria potestad
A fin de que sea determinado por la autoridad judicial, en que centro escolar deben ser matriculados los dos hijos menores para el curso 2012-2013.
Ha sido celebrada la vista señalada, compareciendo los dos progenitores con representación procesal y asistencia letrada. Ratificados ambos progenitores en sus divergentes posiciones fue propuesta prueba documental, interrogatorios de parte y testificales, siendo declarada pertinente solo la documental
RAZONAMIENTOS JURIDICOS
Primero: Dispone el art 233-8 CCC “la nulidad del matrimonio, el divorcio o la separacion judicial no alteran las responsabilidades que los progenitores tienen hacia sus hijos” Estas responsabilidades mantienen el carácter compartido y en la medida de lo posible deben ejercerse conjuntamente
El art 233-9 prescribe el contenido integrante del plan de paternidad. La atención al superior interes de los hijos y el compromiso de atender a vias de mediación para resolver conflictos
El art 233-10 preve que sin perjuicio del carácter conjunto de las responsablidades parentales, la autoridad judicial puede disponer que la guarda se ejerza de modo individual si conviene mas al interes del hijo
Si hubiera desacuerdo entre los progenitores el juez ha de limitarse a atribuir la facultad de decidir al padre o a la madre, sin que pueda adoptar un decisión distinta a la propuesta por uno y otro de los padres
Segundo: En el caso que nos ocupa procede valorar como mas acertada y favorable para los menores la pretensión materna, a quien se otorga por ello la facultad de decidir lo referido al centro escolar en que deben cursar estudios los menores. Sin perjuicio de la viabilidad tanto de la postura del padre como de la madre, ciertos matices hacen preferir la postura materna. Asi el centro escolar por ella señalado como primera opcion se halla mas cerca del domicilio actual de los menores que el otro centro en el que cursan actualmente estudios; se beneficia con ello a ambos menores en tiempo de descanso, de traslados, de estudio y de ocio al reducir el tiempo de trayecto hasta dicho centro, y facilitar los medios de desplazamiento; tal opcion no implica incremento de gastos para los progenitores y no acredita el padre, frente a tales ventajas, que el centro que el propone y que constituye el actual ofrezca mejores condiciones educativas, de formacion, de instalaciones etc.
Procede en consecuencia autorizar a la progenitora custodia, la sra. M. para realizar los tramites necesarios hasta lograr la inscripción de los dos hijos menores en el colegio X
ACUERDO, que debo autorizar…….
Eso, solo miran si esta cerca o no el colegio y si el dia de mañana tienen algun problema de estudio, el/la juez se lava las manos.Esta sentencia no se basa en el mejor aprendizaje, entorno, etc que es lo que ha presentado el padre, entonces si miran por los menores, solo miran que este cerca y tengan tiempo de estudiar, jugar, etc.
En cambio cuando dan las compartidas, no ven que el niño a veces tiene que estar para arriba y para abajo todo el dia?15 dias de un lado a otro?
jejeje vaya porqueria de justicia.
No se porque, será intuición femenina... o estadística de género, pero antes de leer el fallo sabía que le iban a dar la razón a la madre.
Que fácil es en base a una conclusión prefijada, buscar los argumentos hasta llegar a esa conclusión a la que queríamos llegar desde el principio, la de buscar el interés supremo del más necesitado, la madre....
En este caso no se valora la estabilidad de los menores que ya han cursado en ese centro durante x año/os, que ya conocen al personal docente y a sus compañeros, y que en principio no les genera ningún problema educacional o de otra índole a los menores, que no sea la menor distancia, que por otro lado ¿cuanto tiempo de diferencia en el traslado puede suponer en Cerdanyola del Valles??
No se porque... sera intuicion femenina...ó estadistica era de suponer que se juzgara esta sentencia sin tener ni idea de cuales son los motivos del cambio de colegio y porque le dan la razon a la madre, no creo que con los datos aportados en la sentencia ( y de los cuales, todos sabemos que no se hace referencia a todo lo que se pone en una demanda...) podamos llegar a conclusiones tan extremistas... Es alucinante de verda, no tenemos ni idea del tema pero echamos mierda por si acaso...
Es chocante, cuando menos, como se tiende a "juzgar" en este foro, por cualquier hijo de vecino, sin tener, efectivamente, ni idea de los antecedentes de hecho.
Yo tengo el auto simplemente, no conozco los antecedentes de hecho, pero a lo mejor, y solo a lo mejor, resulta que los niños no estan a gusto en el colegio actual, o que el nivel educativo en el colegio actual no es adecuado.... porque lo que si nos cuenta el juez, es que "el padre NO PUEDE ACREDITAR, que el centro actual ofrezca mejores condiciones educativas, de formacion, de instalaciones..."
No tengo ni idea de cuanta distancia puede haber en Cerdanyola, pero pongo como ejemplo una ciudad cualquiera no demasiado grande, Oviedo, (no llega a los 200.000 habitantes). Imaginemos que los niños en cuestion estudian en el colegio Auseva.... pues no es lo mismo vivir en Ciudad Naranco que en Nuevo Vetusta... la diferencia puede ser de mas de media hora en cada desplazamiento
para jinete pálido:
"En cambio cuando dan las compartidas, no ven que el niño a veces tiene que estar para arriba y para abajo todo el dia?15 dias de un lado a otro?"
aqui habla de uno de los inconvenientes de la custodia compartida.
Ni idea las razones que dieron padre y madre, tampoco la distancia de la casa habitual de los niños a cada colegio (y el ejemplo de Oviedo servirá para quien conozca esa ciudad y esas calles y el colegio) pero parece ser que las razones de la madre es la mayor cercanía y ahorro de tiempo (nada se dice que hubiera problemas con el otro colegio), los motivos del padre mejores condiciones educativas, de formación e instalaciones, además de ser el colegio habitual.
El juez decide por menor tiempo de desplazamiento, y tampoco parece que la madre acredite mejores condiciones educativas, de formación e instalaciones del nuevo colegio ya que el juez no lo menciona. Resumiendo, prima emplear menos tiempo en desplazamientos de los menores que redundan en tiempo para el ocio, sin probar que se mejore calidad con el cambio (el juez no menciona que la madre pruebe mejor calidad) aunque parece que el padre alega mejor calidad en el primitivo (y el juez menciona que sin probar por el padre) y parece que mejor lo nuevo no conocido que lo habitual conocido, solo porque los niños tendrán mas tiempo libre.
Imaginemos que sea al contrario, el padre dice que vayan a un colegio mas cerca de casa, que los niños, y la madre, tendrán mas tiempo libre, y que la madre diga que mejor el colegio de siempre aunque quede mas lejos y que es mejor en calidad. ¿Resolvería el juez que se haga el traslado de colegio o daría la razón a la madre ya que mejor no aventurarse con el cambio ya que los niños pueden sufrir el cambio de ambiente escolar, de compañeros y que además el padre no acredita mejores condiciones educativas, formativas y de instalaciones del nuevo colegio que propone?
A mí lo que me parece es que esta sentencia ratifica que un custodio puede hacer con su hijo lo que le sale del moño si respeta dos pasos:
Primero, se muda donde le place, algo que está totalmente permitido, siempre que ello no interfiera con el régimen de visitas del padre.
Segundo, busca un colegio de características similares al actual de los niños y solicita ante el juzgado el cambio de colegio, aduciendo que así los menores perderán menos tiempo en desplazamientos, tendrán más tiempo libre, etc. y de los cacareados temas de arraigo en otros casos, naranjas de la china... Claro, que los temas de arraigo ya se sacarán a colación cuando el que pida cambio de colegio sea el no custodio...
El caso es que quien decide... es el juez. Yo supongo que el juez, que posiblemente si conocera bien Cerdanyola, conocera tambien los motivos que aduce la madre y los que aduce el padre. Yo por el momento no conozco ni unos ni otros (parece que hay quien si los conoce, y me callo, porque en este foro hay tanta gente que a saber si quien conoce los motivos es una de las partes implicadas, solo puedo asegurar que ese auto no es mio).
Pero, en definitiva, de lo que se trata es de lo que decide el juez... nos parezca buen o mal motivo, el motivo que vale a la hora de la verdad, es el que el Juez valore como adecuado.
Y por eso he colgado el auto, para que se vaya conociendo cual es la actuacion de los jueces, no si a mi me parece que debe decidir el padre, la madre, o el espiritu santo.
Pero por supuesto, se admiten todo tipo de opiniones.... recalco, al final, la que cuenta, es la del Juez
Como soy la a la que hace referencia esta sentencia voy a exponer el caso, para ver si asi se entiende un poco mejor.
Año 2008 ( prgenitores se separan sin tener aun sentecia de divorcio)
Los niños cursaban sus estudios en un centro privado (coste 1200€ mensuales) el padre cursa la baja de estos niños en ese centro y los inscribe en un centro publico cercano a su trabajo, la madre (osea yo) tengo que diambular por todos los centros de la poblacion intentando averiguar donde estan inscritos... tras pedir cita con el inspector de zona averiguo el centro y quedan alli matriculados por decision unanime del padre, al no haber sentencia firme de divorcio no puedo hacer otra cosa mas que aguantarme ya que el centro al que iban (privado) yo no puedo costearlo..
En ese momento los niños cursaban 3 de primaria y p-5. Tras pasar estos 3 años la niña se tiene que cambiar de centro porque pasa al instituto (ESO)
Dado que tengo que cambiar a la niña aprovecho para decirle al padre que podiamos buscar un centro donde puedan estar los dos niños ( colegio/instituto) propongo un centro mas cercano a casa y concertado, ya que en su momento los niños pasaron de un centro privado a un publico y creo que lo mejor era buscar una cosa intermedia... El padre se opone y su porpuesta es instituto publico para la niña y el niño que se quede donde esta... A todo esto añadir que en esa demanda se aportan documentos del niño en el que tienen grabes problemas de electroescritura y no lleva un nivel adecuado para su edad... Tambien comentar que desde hace 2 años he pedido al centro actual que viera al niño el psicologo del centro para determinar si hay algun problema mas, el centro dice que no es necesario...
Tambien se aportan otros documentos en los que se acredita que el centro en el que la madre (osea YO) quiere apuntar a los niños, tiene mejores horarios de canguraje, colonias etc etc...
Y por ultimo decir que a pesar de que la madre (yo) solicito cambiar a los niños de un publico a un privado NO solicito ningun cambio de medidas en lo que se refiere a la pension de alimentos, todo eso contando que ahora pagare 220€ de cuota mensual.... Repito NO PIDO QUE EL PADRE APORTE NI UN DURO... es mas, me conformo con que pague lo que tiene estipulado en sentencia.... y de momento llevo mas de un año recibiendo la pension de alimentos que el quiere y cuando quiere...
Pues eso, ahora tienen algun dato mas, aunque seguramente seguira siendo injunto para muchos/as
Y para los que dicen que los custodios siempre tenemos las de ganar,... pues eso señores, yo tube que diambular por todos los colegios de mi poblacion para saber donde estaban mis hijos, he tenido que tragar durante 3 años un centro con el que no estaba deacuerdo, tanto el padre como la directora de este centro se pasaron por el arco del triunfo la patria potestad... Y yo he actuado como se tiene que actuar, como no habia acuerdo entre nosotros solicite al juez que decidiera...y con tiempo....
- Hay algo malo en mi actuacion??? Me he saltado la ley??? Quien se salto la ley??? El padre penso mucho en sus hijos cuando los cambio de colegio a los niños, dado que tambien estaban sufriendo una separacion, penso en lo que suponia para eso niños un cambio tan brusco? penso en la cercania de esos niños a su casa? En que penso?
Luisa32, su exposición me parece perfecta. Simplemente decir que si la posición fuese la contraria, es decir, que fuese su ex (no custodio) quien solicitara lo que usted solicita, seguiría siendo usted la que se saldría con la suya con toda probabilidad.
El juez cambiaría la motivación de su sentencia y santaspascuas: "No se aprecian ventajas educativas en el centro que garanticen que el niño vaya a mejorar en sus problemas de lectoescritura, más relacionados probablemente con las relaciones entre los progenitores que con la calidad educativa del colegio al que asiste. Si bien el colegio que propone el no custodio se encuentra más cerca del domicilio familiar, el cambio de colegio podría suponer un elemento desestabilizador adicional para los menores, acostumbrados ya a tales desplazamientos, alejándolos de sus compañeros habituales y modificando las rutinas que tienen asimiladas después de asistir durante años al mismo centro. En cuanto a las ventajas de horario de canguraje y colonias, no parece haber indicios de que ello haya supuesto un problema durante los años que los menores han asistido a su colegio actual. Por lo tanto, nos parece mas acertada y favorable para los menores la pretensión materna, a quien se otorga por ello la facultad de decidir lo referido al centro escolar en que deben cursar estudios los menores". Chimpún.
Crudo, una amiga mia que vive en Las Rozas, cambio a sus hijos de colegio del privado al que iban a uno concertado, despues del divorcio, alegando que no podia pagar el colegio privado, el padre protesto, y el juez ordeno que los dos chicos volvieran al colegio privado, asi que no, no le dieron la razon a la madre que, dicho sea de paso, tiene la guarda y custodia exclusiva.
No tengo en mi poder esa sentencia, pero supongo que podria hacerme con ella si mi amiga me la quiere mandar por mail.
No me justifico Sarapiki, simplemente estoy cansada de que la gente saque sus conclusiones sin saber de lo que se habla, esa senencia se a puesto siemplemente a modo informativo y es bueno tanto para custodios y no custodios ver que criterios llevan a un juez para decidir. Conste que soy la primera en estar casi siempre en desacuerdo con la justicia, tanto para unos como para otros... y sobretodo para los menores, ya que son siempre los perjudicados...
Sinceramente me importa bien poco lo que la gente pueda pensar de mi, me interesan solo algunas opiniones. Parece mentira que la gente solo este dispuesta a fastidiar ó criticar y no a ayudar, por desgracia eso cada vez lo tengo mas claro...
Espinoso tema el que apunta... ¿Le importa a alguien que una familia se cambie de casa todos los años? ¿Le importa a alguien que unos menores vivan de alquiler? ¿Le importa a alguien que cambien de colegio todos los años? ¿Le importa a alguien que hagan dos horas de viaje todos los días para ir y venir al colegio? Todo esto no le importa a nadie mientras la familia está intacta. Y no le importa a nadie porque tampoco tiene demasiada importancia.
Ahora, si la familia se rompe, lo que antes tenía poca importancia ahora se convierte en obstáculo insalvable: los niños tienen que vivr sólo en una vivienda en propiedad. No se puede vender, repartir y que vivan de alquiler... No pueden cambiar de colegio porque les desestabiliza. No se pueden mudar si ello les aleja del colegio.
Le doy la razón en que usted ha procedido como debía. Al cambiar a sus hijos de colegio, su marido pretendió probablemente buscar la forma de poder ver más a sus hijos, a la vista de que pronto iba a perderlos. También pensó en no tirar su dinero y por eso los puso en un colegio público. Gastarse dinero en un privado tiene sentido si puedes controlar ese gasto y si puedes complementar la formación en el colegio con una correcta educación en casa.
Cuando te vuelves no custodio, pierdes practicamente el control sobre la formación de los niños y totalmente la capacidad de educar en casa, porque con cuatro o seis pernoctas al mes, poco se puede educar... Si no puedes educarlos, o no confías en la persona que los educa (en este caso, usted), gastar dinero en formación privada puede sentirse como una pérdida de dinero. Mejor ahorrarlo para cuando sean mayores y pueda tener control sobre el dinero que invierto. Porque ese dinero no es un gasto, es una inversión. Y pagar la formación privada de un niño al que no puedes educar (y al que la persona que puede educarlo, el custodio, probablemente va a "maleducar"), puede parecer una malísima inversión.
Le estoy dando el punto de vista de un no custodio, que puede ser acertado o no (muchas veces está cargado de rencor, con la visión distorsionada que nos da de la realidad): Probablemente usted se considere una buena educadora. Quizás lo sea. Pero su exmarido no lo cree así y por eso no le da el control sobre esa "inversión". Prefiere ahorrar ese dinero e invertirlo cuando pueda controlarlo él, que ponerlo en manos de usted. ¿Pondría usted sus inversiones en manos de un mal gestor?
Sarapiki, creo entender por lo que dice que el cambio de colegio se produjo antes de la sentencia. Es decir, la madre cambió de forma unilateral a los niños de colegio, sin consultar al padre, este protestó y el juez obligó a que regresaran al primero. Por tanto, no respetó la legalidad. No procedió como sí hizo Luisa32. Si lo hubiese hecho como ella, otro gallo le hubiese cantado, creo yo.
Lo que digo es que, si procede conforme a la legalidad, el custodio tiene todas las de ganar y ya escogerá el juez las razones que convengan. No así si procede de forma unilateral. Ahí las probabilidades bajan.
sin comentarios sr mio, el no custodio al que usted se refiere ( mi ex) esta con sus hijos 2 dias intersemanales, sabe quien pidio ese regimen de visitas en el juicio de divorcio??? YO!!! el no custodio queria solo 1 dia, y por supuesto fines de semanas alternos, tambien le dire que aunque los niños duerman en MI CASA, porque es mi casa y nadie me paga el 50% de la hipoteca, el esta casi las mismas horas que yo con sus hijos... lunes y miercoles yo, martes y jueves el, 1 viernes el si le toca el finde y otro viernes yo si me tocan el finde...
En cuanto a esta frase que dice usted:
dice crudo:
-Al cambiar a sus hijos de colegio, su marido pretendió probablemente buscar la forma de poder ver más a sus hijos, a la vista de que pronto iba a perderlos. También pensó en no tirar su dinero y por eso los puso en un colegio público. Gastarse dinero en un privado tiene sentido si puedes controlar ese gasto y si puedes complementar la formación en el colegio con una correcta educación en casa.
Diosss!! pero esto que es??? gastar el dinero en educacion le parece una chorrada?? y dice que los borraria de ese colegio porque posiblemente no confia en la persona que los educa???? jejejej ufff... buenisima esta apreciacion.
Le voy a decir una cosa, si yo fuera la no custodia y yo puedo costear a mis hijos un colegio X, sea cual sea... lo pagaria gustosamenteeeeeee, y si no me inspirara el custodio confianza para educar o cuidar a esos niños, lo primero que haria es pedir una modificacion de sentencia, Custodia compartida o cambio de custodia, eso es lo que yo haria... Sin embargo mi ex solo solicita modificacion de pension de alimentos, curioso no??? sera que no le parezco tan mala educando??? Anda... anda...
cierto, en el caso de mi amiga, los cambio unilateralmente. Claro, no se si el juez le hubiera dado la razon en caso de plantear previamente el incidente...