Hola Buenas tardes quería asesoramiento sobre el siguiente tema:
Llevo 4 años trabajando en una misma empresa y he tenido varios contratos temporales prácticas eventual por circunstancias y el último por obra o servicio.
He solicitado la baja y no he dado el preaviso de 15 días y me han dicho de Recursos Humanos que debo dar 15 días y que si me descontarán esos días en concepto de preaviso.
Me han comentado que el preaviso es obligatorio darlo cuando llevas más de un año en la empresa y yo llevo 4 años pero el contrato que tengo actualmente es de menos de 1 año.
Alguien me puede ayudar
No estoy de acuerdo con lo comentado por wolframio85, en ctos de duración superior al año se ha de dar el preaviso que indique el convenio y en su defecto el de los 15 días de marras.
En cuanto a los ctos de duración inferior al año no se precisa preaviso, no como dice wolframio85 que la empresa no esta obligada a dar el preaviso, oiga que el dcho del trabajo es un dcho tuitario, esto significa que la ley no trata por igual a empresa y trabajador, en teoría ante la potestad de las empresas el dcho protege a los trabajadores por encima de las empresas por tanto no seria ético ni justo que la empresa no tuviese que preavisar mientras que el trabajador si debe hacerlo.
Lo que jo terminan de entender es el concepto del preaviso, ni empresa ni trabajador estan obligados a preavisar si se llega al final del cto, por ejemplo un trabajador con un cto de 6 meses si cumple el cto y no desea renovar cumplidos los 6 meses finaliza el cto y no da preaviso de que no desea renovar pues entonces no se le puede descontar nada de la nomina, lo mismo ocurre co la empresa pero si tiene un cto de 6 meses y decide abandonar antes tanto empresa como trabajador deben preavisar con los días que indique el convenio.
SMO
Hola Buenos días y muchas gracias a todos por vuestras aportaciones.
He revisado el Real Decreto 2720/1998 y el artículo 8.3 dice lo siguiente:
Siempre que el contrato tenga una duración superior a un año, la parte que formule la denuncia está obligada a notificar a la otra la terminación del contrato con una antelación mínima de quince días, excepto en el contrato de interinidad en el que se estará a lo pactado.
La duda viene porque mi último y actual contrato se firmó hace menos de un año pero yo llevo en la empresa unos 4 años pero con diferentes contratos temporales, por lo tanto he aquí la duda:
A efectos de comunicar a la empresa mi baja voluntaria se tiene en cuenta el último contrato o el tiempo que llevo en la empresa, realmente esa es la duda???
En ausencia de norma se aplica la costumbre 5 dias.
De acuerdo que en cto de duración superior al año es necesario el preaviso pero tb en los de plazo inferior si no se va a cumplir el cto, no termino de hacerles ver cual es la diferencia, est estriba en que en ctos inferiores, por ej 6 meses usted llega el ultimo día y dice que no va a renovar y no pueden descontarle nada pero si en un cto de 6 meses decide dejarlo por ej a los 3 meses debe preavisar, si el cto es superior al ao aunque no quiera renovar debe preavisar.
Wolframio85 por supuesto que en bv es el trabajador quien debe preavisar.