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descontar antiguedad por baja enfermedad comun?

3 Comentarios
 
Descontar antiguedad por baja enfermedad comun?
18/02/2016 21:29
se puede descontar la antiguedad por estar enfermo?
digamos que este mes he estado 15 dias de baja y el plus de antiguedad me han pagado el 50%..es legal y correcto?
19/02/2016 06:26
No le han pagado la mitad, asi como en el SB habrá visto usted que le han pagado la mitad, en la antigüedad ocurre lo mismo, la explicación es sencilla, la otra quincena la cobra usted en situación de IT tomando como base, la base de cont comunes o profesionales ( según sea la contingencia), del mes anterior al de la IT y es por esto que piensa que le han pagado la mitad, sin embargo en esa base de contingencias ya esta incluido tanto el SB como el resto de pluses, lo que ocurre es que si el convenio no lo mejora en caso de IT por cont profesionales seria el 75% desde el primer día, otro tanto ocurriría si es por cont comunes, solo que en este caso los 3 primeros días no se cobra nada del 4 al 20 se cobra el 60 % y del 21 en adelante el 75%.
19/02/2016 06:34
Veo que interpone otra cuestión sobre el mismo tema en otro consulta te pero preguntando por el transporte, bien pues en este caso con mas razón, la antigüedad es un plus personal ya que se basa en el tiempo que lleva el trabajador en la empresa, sin embargo el transporte es una dieta o suplido que se abona por día trabajado porque se entiende que es una compensa lo por el gasto que le produce el ir y venir al trabajo, por tanto no es un plus personal sino del puesto de trabajo y por tanto si no se acude a trabajar, por estar de IT, tampoco se genera era el gasto de ir o venir del trabajo.
12/12/2020 23:28
Como conteste al consultante anterior no es cierto que no este cobrando esa antigüedad, lo que ocurre es que al cumplir 10 años probablemente porque si antigüedad se mida en quiquenios , a usted, al estar de baja no se le aplica porque mientras esté de baja su salario se calcula con la base para cont comunes o profesionales hasta que reciba el alta, es decir, su nómina no se calcula en base a los días trabajados sino en el cálculo de la base correspondiente y como en esa base no había este 2 quinquenio, (supongo que su antigüedad se calcula en quinquenios), pues no se le puede aplicar hasta que no reciba el alta.
smo