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Descanso mínimo semanal.

23 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 23 comentarios
03/02/2017 13:06
Shiva1988
Hola buenas,
Ya me lo imaginaba estaba esperando el día... me han dicho que se me acaba el contrato este mes y sospecho que es por pedir mis vacaciones correspondientes a enero y febrero..y por preguntar a la asesoría si tenia derecho a los festivos..le han ido con el cuento y les ha sentado mal y me han dicho que no me renuevan.Desde agosto llevo trabajando y he trabajado todos los rojos del calendario y no me han pagado mas por ello...he trabajado de lunes a domingo sin descanso y encima he metido horas extras aparte sin pagármelas. me han dicho que el 24 es mi ultimo día vamos que me coja mis vacaciones y que no vuelva pero no me fió porque lo mismo me hacen ir hasta el 24 y luego cojen y me dicen que no he ido a trabajar y no me las pagan..No tengo ningún papel firmado por ambas partes en el que ponga que de tal a tal día me las cojo y me han liado ya tantas que como para fiarse una ..
Que falsas!! Toda la mañana poniéndome escusas de que si es porque no pueden pagarme y demás historias... .
Si denuncio no me pedirán que demuestre que he trabajado todas esas horas..no? no tengo como hacerlo salvo una grabación pero nada mas y bueno una compañera de trabajo también sabe algo del tema pero no va a querer involucrarse..He metido un montón de horas de mas y solo faltaría que no me las paguen..
No tengo ganas ni de acabar el mes por no ver la cara de falsa asquerosa que tiene..
bueno un saludo y gracias
01/02/2017 12:48
Shiva1988
Hola,
Vale de acuerdo pues gracias por todo
Un saludo
01/02/2017 08:24
Shiva1988
Hola,
En la asesoria me hacen el contrato y me dan las nominas
Que pase buen dia
Gracias
31/01/2017 22:50
Shiva1988
Se me olvidaba, las grabaciones sin legales si usted es participe de ellas, es decir, si usted hace una grabación de una conversación entre su jefe y usted si valdría como prueba.
31/01/2017 22:47
Shiva1988
Su descanso seria la tarde del sábado, el domingo entero y la mañana del lunes pero si le imponen un rotativo podrían avanzar un día e ir variando los descansos, pero primero, cada vez que haya un festivo deberá descansarlo, si lo trabaja deberá cobrar por ese festivo, con los domingos ocurre lo mismo. Lo de las 21 h, si esta contratada por 21 h/sem debe hacer las 21 h pero distribuidas en la forma de que haga esas 21 h en 5 días y los otros dos sean descansos.
Cuando dice que e trata de una asesoría, las asesorías se encargan de las nominas y las cotizaciones del trabajador pero estas no pueden contratar personal y ponerlo a disposición de un tercero y lo que le dicen en el sindicato de que cobra por encima del smi eso es una solemne estupidez, usted cobra o bien por lo acordado en cto o bien por lo que marque e convenio lo que ocurre es que en empleados de hogar el sueldo es el equivalente al smi y si lo que le pagan es por esa compensación del descanso seria ilegal usted debe y tiene dcho a descansar como todo hijo de vecino.
31/01/2017 21:56
Shiva1988
Hola,
En el sindicato me dijeron que estaba cobrando por encima del smi
me diran que ya me estan remunerando los descansos no disfrutados Y festivos.
Un saludo
31/01/2017 21:14
Shiva1988
Hola,
Si es una Asesoría, no es ETT.
yo pensaba que tendría que demostrar y como no fichas ni nada pues esta difícil

No se si valdrán las grabaciones ...valen?
31/01/2017 21:10
Shiva1988
Hola
De acuerdo entiendo, aunque lo de la jornada semanal no me ha quedado muy claro
No entiendo porque dice que debería trabajar 15 horas semanales y seis de descanso¿
En el contrato pone que son 21 horas a la semana...
El problema es que no esta bien distribuida la jornada...debería trabajar de lunes a sábado y librar la tarde del sábado y el domingo (36 horas/semana).no?
muchas gracias
30/01/2017 22:57
Shiva1988
Para esuena, si ustedes no descansan esas jornadas estarán haciendo un exceso de jornada anual que debe ser compensado bien en h.e. o bien en descansos, las ETT dicen lo que les da la real gana pero las leyes dicen otras cosas.
30/01/2017 22:53
Shiva1988
Continuamente habla usted de una asesoría yo mas bien creo que se trata de una ETT quien la contrata a usted para que trabaje en el domicilio de un usuario de esa ETT. Que en cto ponga que su jornada es de L a D no quiere decir que deba trabajar todos los días de la semana, su convenio fija un descanso semanal de al menos 36 horas consecutivas, (olvídese de que el ET fije que en dos semanas deba tener 3 días).
Como ve el sindicato le dice mas o menos lo mismo que yo y la asesoría le dice lo que le da la gana a ellos y no lo que marca la ley y el convenio, (quieren esclavos no trabajadores).
Ahora el paso deber darlo usted, si reclama sus dchos no le contrataran mas y listo y si no tendrá que tragar con lo que le digan, en éste país el despido es libre y además usted no la despiden simplemente no la renovaran el cto
Pueden establecerle un turno rotativo para que vayan variando los pero si trabaja festivos deben abonarle un plus de festivos, lo que verdaderamente fija su jornada es las horas por las que ha sido contratada, es decir el porcentaje de jornada si hace esas 3 horas/día serian 21 h/sem año que supone que en su cto deben fijarle una jornada de 52,5 % de jornada, lo que supondría que deberá trabajar de L a V 15 h y las otras 6 serian de descanso generado.
Ya sabe lo que hay ahora le toca jugar a usted, por cierto usted puede demandar o denunciar lo que quiera que tienen que probar que no es cierto lo que dice usted serán ellos
29/01/2017 20:28
Shiva1988
Hola trabajo por Ett en una empresa que tiene instaurado la turnos 3T4,los trabajadores por empresa generan anualmente más de treinta días compensatorios, sin embargo los que estamos por Ett no los podemos disfrutar. Es legal? Podemos reclamar disfrutarlos o aunque sólo sea cobrarlos?
Gracias
29/01/2017 15:25
Shiva1988
Hola,
Entonces les pido el calendario laboral pero me temo que se van a negar a darmelo
La asesoria no tiene ninguna responsabilidad...son unos carroñeros...estan intentando engañarme....
Estoy pensando en hacerle firmar cada vez que meto alguna hora extra pero no va a querer...
No se como podria demostrar....no trabajo en uns fabrica...
Yo no ficho..trabajo en un domicilio.
Gracias
29/01/2017 14:48
Shiva1988
Hola buenos dias,
En la asesoria me dicen que no tengo derecho a dias de descanso ,incluso que tengo que trabajar hasta los rojos del calendario. Tengo una clausula en el contrato que pone que tengo que trabajar de lunes a domingo tres horas al dia,trabajo como empleada de hogar.me he leido el estatuto y en el pone que hay que descansar dia y media por cada 14 de lunes a domingo.
En el sindicato ne han dicho que tengo derecho al descanso y que los festivos no los trabaje y me han dicho que plantee al finalizar el contrato un cambio de distribucion de la jornada y si no pues no firmarlo pero si hago eso me temo que no me van a renovar porque me hacen contratos de dos meses....los festivos me salen a precio de lunes y trabajo mas horas de las que me corresponden sin cobrar...si al finalizar la relacion laboral quiero reclamar que me pagen horas extras,vacaciones no disfrutadas y demas ...tendria que demostrarlo supongo....con esa clausula del contrato seria suficiente para demostrar que trabajo sin descanso...no?no pueden decir que ya me dieron los descansos,no?me imagino que tendran que entregar un calendario laboral en el que se demuestre que. He disfrutado de ello y este debera estar firmado por ambas partes...?
Gracias
25/01/2017 17:11
jamgpreve
hola
ayer estuve mirando el convenio de empleadas de hogar
si muchas gracias y que pase buena tarde
un saludo
25/01/2017 13:45
Shiva1988
Vamos a ver, le pego la pagina de donde puede bajar su convenio, ( y https://www.boe.es BOE 17/11/2011"). me pregunta de si esos arts. son del ET? Son del conv. colect. emplead@s de hogar.
24/01/2017 17:32
Shiva1988
Hola
Cuando dice art 9.1. Y art 9.5 a cual se refiere?
Al estatuto de trabajadores?verdad?
Gracias
24/01/2017 17:30
jamgpreve
Hola
Gracias muy amable
La informacion me ha sido de gran ayuda
Un saludo
24/01/2017 17:24
Shiva1988
Lo de las horas del año anterior es que usted tiene un año para reclamación de cantidades por lo que a fecha de hoy podría reclamar hasta enero de 2016 todo lo anterior esta prescrito, luego el máximo de horas permitido son 80 h.e. por lo que si hace mas tb las tiene perdidas, luego si n0 puede demostrar que las ha trabajado las tiene perdidas.
24/01/2017 17:12
Shiva1988
Hola de nuevo,
Entonces se puede pedir un maximo de 80 horas y tengo un año para reclamar??lo del año anterior...
No entiendo muy bien a que se refiere con lo de que esta todo perdido....a disfrutar esos descansos ...?
He vuelto a realizar el calculo y creobque son 66 horas si no me equivoco..
Estoy pensando que a lo mejor si reclamo seria mi palabra contra la suya....no existe manera de demostrar que no he disfrutado de esos dias de descanso..no? Y los festivos tampoco puedo demostrar..
24/01/2017 16:51
Shiva1988
Hola buenas tardes,
Hoy he ido a la asesoria a comentarles lo de los festivos trabajados y no cobrados y me han dicho que no tengo derecho a ellos.
Mi sueldo siempre es el mismo tenga el mes un festivo dos o ninguno...les he comentado haber si eso estaba bien y me han dicho que si. Les he dicho que me voy a cojer a partir de ahora los festivos libres y me han dicho que no que tengo que trabajar de lunes a domingo...que no puedo.
Gracias por la informacion
Muy amabke
Acudire a un sindicato si :)