Hola tenemos por herencia una vpo protegida de promoción pública en Cataluña ,creíamos que para descalificarla solo habría que pagar una cuota y nada más pero nos dicen que ni así se puede.
demás nos comentan que la descalificación es hasta los 30 años a contar desde la hipoteca y nosotros decimos que es desde la escritura de compra-venta ,quién tiene razón?.
Se contradicen dia trás dia según con quien hablemos como podemos solucionarlo.
Saludos Antonio.