Saludos, en un juicio verbal por reclamación de rentas, gastos y daños. Con dos codemandados, una vez recibida la demanda, uno de los demandados hace respuesta de la misma con sus argumentos de defensa. Quisiera saber si es posible que el juzgado tenga en cuenta esa contestación a la demanda y viendo los argumentos de defensa no se llegue a celebrar juicio contra ese demandado o alguna figura parecida. Gracias anticipadas por las respuesta
La vista se celebrará inexorablemente, cualquiera que sean los argumentos del escrito de contestación a la demanda. En el caso de que haya excepciones que impidan la válida prosecución del procedimiento (como por ejemplo, cosa juzgada o falta de legitimación), el abogado de la parte lo planteará al principio de la vista. El acto del juicio es obligatorio si una de las partes lo pide.