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desaparicion

4 Comentarios
 
Desaparicion
17/09/2004 07:45
Mi madre lleva casi dos meses desaparecida y no se tiene ninguna pista fiable de su paredero. Enferma de alzheimer, de 77 años de edad el caso está en manos de Mossos de Equadra.
agraqdeceré información sobre el tiempo que ha de pasar pora que sea considerada "legalmente" desaparecida o fallecida. Que pasará con su pensión? de momento sigue cobrándola. se tendrá que devolver? y si es así des de que fecha se tendrá que hacer efectiva la devolución?

Muchas gracias.
Quim t
perfil Lua
17/09/2004 17:38
Yo no sé como va, pero te diré que en mi cuenta está mi madre que es pensionista y de tanto en tanto me sale un mensaje por el cajero diciendo que mi madre debe presentarse en la oficina, esto lo hacen para certificar que sigue "viva" en tu caso no se, yo preguntaría en la Seguridad Social... eso sí, te recomiendo que preguntes en diversas delegaciones para contrastar información (no siempre te informan todos igual)
17/09/2004 22:39
Tu madre cobrará la pensión hasta que le exijan una fe de vida y no se presente.

Respecto a lo demás, el Código Civil (artículos 181 a 192 inclusive) regulan la declaración de ausencia de una persona para que se te permita administrar sus bienes y cuidar de su patrimonio. Esta declaración se deja sin efecto en el momento en que el ausente aparece de nuevo.

Una persona se declara fallecida según el artículo 193 del Código Civil cuando: 1º).- han transcurrido 10 años desde que se tuvieron las últimas noticias sobre él o a falta de estas desde su desaparición. 2º).- 5 años desde la separación si al expirar este plazo hubiere cumplido el ausente 75 años.
3º).- dos años cumplidos de fecha a fecha de un riesgo inminente de muerte por causa de siniestro o de violencia contra la vida (por ejemplo el desaraperecido en una inundación).

Es un procedimiento judicial que se insta ante el Juzgado acreditando los extremos, seguidamente el Juzgado publicará anuncios en radio, periódicos etc para finalmente declararla fallecida. Ahora bien para ínstar la declaración de fallecimiento pide un abogado de oficio , no por el hecho en sí, sino porque debes asumir el costo de los anuncios y estos no son precisamente baratos. Teniendo el beneficio de justicia gratuita también quedarás exento de su pago.
Atentamente.
20/09/2004 12:52
Ines muchas gracias por tu informacion.
20/09/2004 12:57
Lua, gracias por tu respuesta
quim