Hola que tal?
Tengo una duda y me gustaría que la gente opinara.
Tengo dos viviendas “puerta con puerta” y las tengo alquiladas hace 30 años, pero las viviendas pertenecen a una empresa y este alquiler lo pagaban los trabajadores de dicha empresa. La persona que figura como titular de estos dos pisos está actualmente jubilada.
Es un poblado de unas 70 viviendas, pero a día de hoy solo hay alquiladas unas 20 y viviendo físicamente unas 6 familias.
La empresa nos ha comunicado hace unos días por carta certificada la necesidad de entregar las llaves en una empresa inmobiliaria antes del 30 de junio, por cese de actividad en la empresa y cierre de esta misma “según ellos”.
Mi pregunta es:
-¿Pueden obligarme a dejar las viviendas así por las buenas?
-¿Tienen que abonar algo a los inquilinos como compensación?