La pasada semana el juez dictó el decreto de adjudicación de mi vivienda a la persona acreedora. Salvo error por mi parte el ministro De Guindos, comentó el día 27 de este mes, una solución a los problemas de desahucio. Hoy, día 28, el periódico LA RAZON, dice "El gobierno prorroga hasta 2017 la suspensión de desahucios"; y EL PERIODICO publica: La dación en pago será provisional durante 5 años.
El temor que tengo es que pronto me anuncien que desaloje la vivienda, pero todo lo anterior me dá un poco de tranquilidad... si es que se aplica para todos. ¿Me podrían informar al respecto?. ¡¡Muchas gracias!!
Si, el decreto-ley está vigente. En pocas palabras, si la vivienda se la adjudica el acreedor, podrá usted seguir residiendo en la misma hasta Febrero del año 2019, si se cumple alguna de estas circunstancias:
1. Familia numerosa.
2. Un padre o una madre solos con dos hijos (lo que se llama "unidad monoparental").
3. Que haya un menor de 3 años en la familia.
4.Que haya un discapacitado con más de 33% de minusvalía.
5. Que el deudor haya agotado el desempleo y esté en el paro.
6. Víctima de violencia de género.
7. Que el deudor sea mayor de 60 años.
Si usted cumple cualquiera de estas condiciones, podrá optar a permanecer en la vivienda cuatro años más.