A ver si me pueden ayudar. Tengo un piso que alquilo por temporadas.
El mes pasado lo alquilé por dos días y no hice un contrato por escrito, al ser por tan poco tiempo. Sin embargo, los inquilinos no se ha ido de la vivienda, ni se quieren ir, ni me han pagado nada ¿Qué puedo hacer para echarlos? Gracias
que puedo hacer para sacar a los inquilinos de mi casa no me han pagado la renta desde hace cuatro meses pero acambio me dieron 2 aparatos electronicos ya les pedi la casa y me dicen que no se van y que me pueden demandar alegando que yo les robe dichos aparatos ademas de una denuncia por rentar sin registro en hacienda lo unico que tengo es un contrato de papeleria firmado por ellos y ellos no tienen ningun recibo ni copia del contrato que hago gracias de antemano
No les dejes un día mas, ya que si tienen domiciliado los recibos en esa dirección pueden probar que si vivían y que el contrato fué verbal. Así que cambia la cerradura cuando no estén ahí y si tienes algún familiar o conocido que ocupe el piso. Si la intentan forzar llama a la policia. Habla con algún vecino para que te avise.
A chirris:
Que no te vacilen, que te denuncien a hacienda, no tengas miedo, ya que lo que vayas a pagar por no declararlo es poco en relación con lo que supone el chantaje de que se queden en tu piso.
Lo de los aparatos que te dieron es una chorrada. Que te denuncien. Da la vuelta a la tortilla. Escríbeles mediante burofax pidiendoles que te paguen los meses que te deben y que si en 15 días no lo hacen iniciarás el proceso de desahucio. Diles que si no se van en una semana les denuncias por chantaje, tienes las conversaciones gravadas, y también a hacienda y en sus trabajos.
Y míra a ver si por casualidad alguien les corta la luz y el agua, y que te denuncien.
Incomódales todo lo que puedas, ya que si están cómodos en la casa no se iran hasta el alzaqmiento, es deir dentro de uno o dos años.
Hola chirris. Usted celebró un contrato de arrendamiento de vivienda de forma VERBAL, el cual es VÁLIDO y legal a TODOS LOS EFECTOS. Por lo tanto le aconsejo que acuda con urgencia a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos para que inste una demanda de resolución de contrato por impago de rentas acumulando acción de reclamación de rentas vencidas y no satisfechas.
1º) Respecto a los comentarios del/la Sr/a Moboe. Créame que comprendo su indigación ante la lentitud de la justicia en España, pero la solución que usted propone" al no tener contrato escrito ni nada que se le parezca, sacales a patadas si asi como suena no tienen nada contra ti, es tu casa, seria su palabra contra la tuya nada de nada."
acarrearía graves problemas legales en caso de llevarla a la práctica. por las siguientes razones:
1º) Aunque los ocupantes de la vivienda estén sin contrato escrito la citada vivienda constituye, mientras no se demuestre lo contrario, su DOMICILIO. En el ámbito penal NO se va a incidir SI EXISTE O NO CONTRATO, sólo si el denunciante VIVE O NO en la vievienda. Por lo tanto se estaría cometiendo un delito de allanamiento de morada.
2º) Si, además, se emplea la fuerza física o violencia-algo probable cuando se va por las bravas - la pena será de 1 a 4 años de prisión. Si además se provocan lesiones, se estará cometiendo otro delito penal que se sumará al anterior.
En el mejor de los casos quien siguiera dicha solución sería condenado a una pena de prisión de 1 año. En el pero de los casos la pena puede llegar a alcanzar los 4 años.
2º) Respecto a los comentarios del Sr Victorinos:
a) "ya que si tienen domiciliado los recibos en esa dirección pueden probar que si vivían y que el contrato fué verbal.". Existen OTROS MEDIOS para probar la existencia de un contrato de arrendamiento verbal, aparte del mencionado.
b)"Así que cambia la cerradura cuando no estén ahí". Esto es constitutivo de un delito o falta de coacciones.
c) "y si tienes algún familiar o conocido que ocupe el piso". Me remito a lo dicho sobre el delito de allanamiento de morada.
d)"Que no te vacilen, que te denuncien a hacienda, no tengas miedo, ya que lo que vayas a pagar por no declararlo es poco en relación con lo que supone el chantaje de que se queden en tu piso.". Conforme con que NO debe ceder al chantaje. Sin embargo basta con NO ceder al mismo y ejercer la acción legal correspondiente.
e)" Lo de los aparatos que te dieron es una chorrada. Que te denuncien." Faltan datos para poder calificar el hecho como inocuo para los intereses del consultante. La prudencia aconseja asesorarse ante la amenza de una denuncia penal.
f)" Diles que si no se van en una semana les denuncias por chantaje, tienes las conversaciones gravadas, y también a hacienda y en sus trabajos.". La segunda parte del consejo puede ser constitutivo de un delito o falta de AMENAZAS, en función de la gravedad de las mismas. Además dicha amenaza constará por escritto(burofax) con lo que las posibilidades de defensa en caso de denuncia penal se reducen considerablemente.
g) " Y míra a ver si por casualidad alguien les corta la luz y el agua, y que te denuncien." Dicha conducta sería calificada como un delito o falta de coacciones con toda seguridad.
h)" Incomódales todo lo que puedas, ya que si están cómodos en la casa no se iran hasta el alzaqmiento." Esto sumado a todas las conductas descritas serían consideradas como un delito de Mobbing Inmobiliario.
Conclusión: Usted ha aconsejado la comisión de, al menos, 1 delito y 3 faltas en el mejor de los casos.
Sr jan despues de lo que usted expone y de lo cual la ley nos ocnndena a todos los caseros o los que lo hemos sido en algun momento nos crucifija y no entierram me parece estupendo.
ahora bien podria decirnos las penas opara los inquilinos que estan dentro de la casa viviendo gratis en una vivienda privada con luz gratis con agua gratis , y con toda seguridad ionsolventes, sr jan seria usted tan amable de contarnos las penas que seran condenados ? si es mas que nada para ya que sabemos las penas de los dueños, ponga si es que la hay las penas de los en este caso deliincuentes las hay ?
Insisto una vez mas si no hay nada escrito es dificil demostrar que tienen un contrato verbal de alquiler, mas aun si no hay ni un recibo domiciliado a su nonbre seria su palabra contra la suya, si el dueño cambia la cerradura y les deja fuera ya pueden ir al cuartrtelillo a contar lo que les de la gana seria su palabra contra la del dueño, de echo mas de uno y mas de dos lo han hecho asi y ha saldo en reportajes de tv etc etc nadie cree en la justicia para esto como puse en el anterior post, mas d eun año para ehcta un individuo que se cuela en una vivienda ? en fin sin comentarios.
en fin señor jan nosotros somos los delicuentes y los que estan dentro de la casa que son ? los buenos ?
Jan, yo entiendo que la ley deba proteger a los inquilinos, es obvio... y no veo bien que se heche a una familia por ejemplo con contrato legal sin todas las garantías legales...
Pero desgraciadamente hay "jetas" que se aprovechan de la situación "legal" y nos lo hacen pasar muy mal a los propietarios...
Con los datos que expone el forero, yo les cambiaba la cerradura sin más, y recuperaba la vivienda, NO TIENEN NINGÚN MODO DE PROBAR QUE ESTÁN VIVIENDO.. donde están los pagos por el alquiler???? digo yo que si viven de alquiler tendrán domiciliados los pagos no???... Sin eso no llegan a ningún sitio y si denuncian y presentan testigos llevas a toda tu familia diciendo lo contrario... Por favor jan hay situaciones y situaciones...
Al forero, haz lo que te dicen cambia la cerradura y te metes en la casa... si intentan entrar llamada a la policía y les denuncias por amenazas, acoso o lo que se te ocurra... si intentan entrar por las bravas por usurpación..
Totalmente de acuerdo con affleck
Sr Jan si la justicia fuera igual para todos, que no lo es, y ademas existiera justicia cosa que en este pais no la hay, le daria a usted toda la razon del mundo.
y estoy totalmente de aucerdo con affleck pruebas no hay ninguna y para testigos pues si ellos son sinverguenzas los dueños mas que vayan con toda la familia amigos etc si se diera el caso, igual que metiran ellos mienten los demas y se acabo la historia.
Sr Jan con todos mis respetos que pais de mierda es este o que justicia indigna es, la que permite durante un año e incluso dos que vivvan individuos com toda la jeta, de forma gratis total en una vivienda privada invadida para uso personal, y el dueño de la misma se las vea y se las desee gastando dinero en abogado procurador y un larguisimo periodo de tiempo sin poder disfrutar de la misma,
donde estan las penas para estos individuos declararse insiolventes y a por otra vivienda que son gratis ?
le pondria el mismito ejemplo a los individuos que lo hacen con contrato, a estos tienen mas porteccion que un alacalde con escolta ni se le s toque, bien me parece perfecto y al segundo mes ya no pago ya ala el mismo caso anterior mas de un año para echarlos etc etc .
Y repito la condena a estos insdividuos cual es ? o que pasa que solo tienen derecho los inquiilinos y los propieetaros no tienen derecho alguno ?
mas bien lo segundo y es el ambiente sr jan que hay en la calle mas d eun año para echar a un inquilino que no paga o invade una vivienda pero que mierda de pais es este ?
Buenas noches!
Es increible, pero cierto, despues de leer todos comentarios aqui expuestos, estoy de acuerdo totalmente con MOBOE , aunque reconozco que el Sr Jan es un letrado y por supuesto toda su razon por l via legal. Pero lamentablemente es asi, nos toca MANTENER DELINCUENTES. Ami me esta pasando eso pero en un local comercial que tengo alquilado a un DELINCUENTE INSOLVENTE que me debe mas de 12.000€ y que esta con desahucio express desde enero y aun no tengo citacion para juicio ( y eso que es express) si no fuera, seguro que se quedeba alli 2 años mas. Ahora, ademas de todos gastos que estoy teniendo de abogado, procurador y demas quien me paga la HIPOTECA DE MI LOCAL? Estoy casi a punto de perderlo por no poder pagar las cuotas ya que vivo de ese alquiler. Si alguien sabe que puedo hacer , que me expliquen por favor! Gracias !
Hola. Comprendo la indigación de muchos de ustedes ante el, en determinadas ocasiones, funcionamiento de la justicia, pero mi obligación como abogado es asesorar conforme a la legislación vigente sobre los derechos y obligaciones de las partes. Mi opinión personal sobre la legislación y su aplicación la guardo para mí, pues mi profesión me obliga a ser absolutamente objetivo.
Respecto a la pregunta de la Sra MOBOE: "Y repito la condena a estos insdividuos cual es ? o que pasa que solo tienen derecho los inquiilinos y los propieetaros no tienen derecho alguno ?", la respuesta es conocida por todos: resolución del contrato de arrendamiento, desalojo forzoso de la vivienda, condena al pago de lo debido y de las costas procesales y, en caso de impago de las mismas, embargo de bienes suficientes para cubrir la deuda.